el Contribuyente

Aportaciones ilegales a partidos políticos en la mira del SAT y la UIF

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Los partidos políticos todavía tienen un gran desconocimiento sobre el marco jurídico de la Ley Antilavado, en especial al reportar las donaciones que reciben.

La semana pasada fue una de escándalos por el manejo turbio de recursos por parte de los partidos políticos mexicanos. Se dio a conocer que el Instituto Nacional Electoral (INE) multará a siete partidos políticos por recibir aportaciones no identificadas, entre los que destaca México Libre, el partido de Margarita Zavala y el expresidente Felipe Calderón. Además, fue lanzada una bomba mediática que involucra al hermano del presidente, Pío López Obrador, un video en que se lo ve recibiendo dinero en efectivo para financiar a Morena, el partido en el poder.

En este contexto es pertinente recordar la conocida Ley Antilavado, cuyo objetivo es impedir que el dinero generado por el crimen organizado entre al sistema financiero. Según reporta El Economista, uno de los eslabones débiles de la cadena en este aspecto, debido al desconocimiento sobre el marco jurídico, son los partidos políticos.

Según la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, los partidos políticos están clasificados como organizaciones sin fines de lucro, por lo que deben poner especial atención en reportar las donaciones que reciben.

En entrevista para El Economista, Angélica Ortiz Dorantes, especialista en temas de prevención de blanqueo de capitales, mencionó que los partidos políticos todavía tienen un gran desconocimiento sobre este marco jurídico y especialmente para reportar las donaciones que reciben.

“Hay un gran desconocimiento y un mal entendimiento, tanto de partidos políticos como de actores que están regulados u obligados por la ley antilavado, sobre cuáles son sus obligaciones. La autoridad electoral tiene que tener el programa con objetivos muy claros de trabajo que tiene que dar a conocer a los partidos políticos”, explicó Ortiz Dorantes.

Bajo este marco jurídico, las organizaciones y partidos políticos como organizaciones sin fines de lucro tienen que reportar al SAT cuando reciben donaciones que superen, en el periodo de un mes, los 278 mil pesos y dar seguimiento e integrar expedientes de sus donatarios cuando el monto sea superior a los 139 mil pesos.

Por esta razón, el consejo general del INE anunció la semana pasada que siete organizaciones con una solicitud formal para obtener su registro como partido político nacional presentaron inconsistencias, por lo que serán sancionadas con más de 6 millones de pesos. El Instituto halló entre sus aportaciones algunas provenientes de personas no identificadas.

En este sentido, en la segunda evaluación nacional de riesgos, coordinada por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) estableció que la recepción de donativos en organizaciones sin fines de lucro representa un riesgo medio-alto para ser utilizadas como vehículos para el lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.

“En materia de delitos electorales, sería un delito recibir donaciones o bienes con un origen ilícito, es decir, el delito electoral se podría hacer un delito previo al lavado de dinero y obviamente ese delito previo… entonces da pie a que se pueda investigar tanto el delito electoral como el lavado de dinero”, explicó Angélica Ortiz Dorantes.

Asimismo comentó que sería recomendable que en le aspecto de las campañas electorales los partidos políticos deberían tener la claridad que al recibir donaciones tienen que darse de alta en el padrón de actividades vulnerables y cumplir con todas las obligaciones de la ley antilavado.

Con información de El Economista

https://www.eleconomista.com.mx/politica/Aportaciones-a-partidos-bajo-la-lupa-del-SAT-por-ley-20200823-0075.html

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