A partir del 1 de junio de 2020, los contribuyentes que laboren con plataformas digitales debieron actualizar sus obligaciones fiscales ante el registro federal de contribuyentes (RFC).
El 1 de junio de 2020, entró en vigor un nuevo esquema para que paguen sus impuestos las personas físicas que a través de plataformas digitales realizan las siguientes actividades:
- Enajenar bienes.
- Prestar servicios.
- Conceder hospedaje.
A partir de la fecha mencionada, dichos contribuyentes debieron actualizar sus actividades económicas y obligaciones fiscales ante el registro federal de contribuyentes (RFC). Y las que tienen pensado realizar dichas actividades también deben inscribirse en el RFC.
Las personas físicas pueden presentar ambos trámites mediante el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT). O, si lo prefieren, pueden realizar su inscripción o actualización al RFC de forma presencial acudiendo a las oficinas del SAT. Para esto deben generar una cita seleccionando la etiqueta “Ingresos” a través de plataforma, y sólo necesitan llevar su CURP, comprobante de domicilio e identificación oficial vigente.
El SAT explicó a través de un videochat cómo actualizar el RFC
Para facilitar el cumplimiento de las personas físicas que realizan actividades a través de internet, el SAT creó un micrositio para plataformas tecnológicas. En el micrositio, la autoridad fiscal explica cómo se realiza la inscripción o actualización en el RFC.
Sin embargo, el 2 de julio, el SAT realizó un videochat para aclarar las dudas sobre la actualización del RFC.
Puedes ver el videochat del SAT aquí / Fecha de publicación: 2 de julio de 2020.
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