¿Cómo se solicita al SAT pagar un adeudo fiscal en plazos?
Para poder pagar a plazos sus adeudos fiscales determinados, autodeterminados o por autocorrección, las personas físicas o morales deben presentar una solicitud de autorización.
El Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede autorizar el pago a plazos de las contribuciones omitidas. Esto sin que dicho plazo exceda de 12 meses para el pago diferido y de 36 meses para el pago en parcialidades, y con algunas restricciones. [CFF 66 y 66-A].
Para poder pagar a plazos sus adeudos fiscales determinados, autodeterminados o por autocorrección, las personas físicas o morales deben presentar una solicitud de autorización para pagar adeudos en parcialidades o diferido, en línea o de manera presencial. Además, deben pagar el 20% del monto total del crédito fiscal al momento de solicitar la autorización.
TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR:
Así se calculan las actualizaciones y recargos por no pagarle a tiempo al SAT
¿Cómo se solicita en línea la autorización para el pago a plazos?
Para presentar en línea la solicitud de autorización para pagar adeudos en parcialidades o diferido, las personas físicas o morales deben seguir los siguientes pasos:
- En el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) se debe dar clic en “Adeudos fiscales” y seleccionar “Paga tus adeudos fiscales en parcialidades o en un solo pago diferido”. Se puede ingresar de manera directa aquí.
- Se tiene que dar clic en el botón “Iniciar”.
- Ahí se ingresa a “Mi Portal” con el RFC y contraseña.
- Seleccionar las opciones “Servicios por internet”, “Servicios o solicitudes”, “Solicitud” y finalmente el trámite “Pago a plazos 66 y 66-A CFF”.
- Realizar la solicitud de pago a plazos y anexar un escrito libre con los requisitos establecidos. Se pueden ver los requisitos aquí.
- Conservar el acuse.
- Esperar el formato para pagar cuando menos el 20% del adeudo. Dentro de los 10 días siguientes a la recepción de la solicitud, la autoridad fiscal hará llegar el formato para pagar cuando menos el 20% del adeudo actualizado a la fecha de pago. el pago se deberá realizar a más tardar en la fecha de vigencia señalada en el propio formato.
- Si se omite señalar algún requisito en la solicitud, se deberá solventar el requerimiento que hará llegar la autoridad.
- Finalmente se tiene que esperar la resolución de autorización y formatos para pagar las parcialidades, o la resolución de no autorización, a través de tu buzón tributario o correo electrónico proporcionado.
Puedes ver a detalle la información del SAT sobre el trámite de pago a plazos aquí / Fecha de publicación: junio de 2020.
Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral), a la Agenda Inteligente (las noticias de negocios más relevantes).
Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.