El patrón puede diferir de 12 hasta 48 meses los pagos de cuotas del IMSS. Sin embargo, deberá cubrir un importe inicial del 20% de la cuota patronal y 100% de la obrera.
Debido a la emergencia sanitaria que enfrenta el país, muchos patrones tienen dificultades para pagar las cuotas patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Por tal motivo, el Instituto implementó la opción de poder ponerse al corriente por medio de un convenio de pagos en parcialidades.
El convenio consiste en el diferimiento de los pagos por entre 12 y 48 meses, con tasas de interés de entre el 1.26% y el 1.82%, según sea la extensión de las parcialidades. Originalmente, el trámite sólo podía hacerse de manera presencial en una subdelegación del IMSS, pero el Instituto anunció que para evitar conglomeraciones ahora podrá hacerse vía remota.
“Derivado a la emergencia sanitaria, algunos empresarios lamentablemente cayeron en esta condición y ahora buscan regularizar su situación ante el IMSS, por lo que se les ofrecen opciones benéficas para saldar sus adeudos, sin salir de casa para prevenir riesgos de contagio por COVID-19”, comenta Norma Gabriela López Castañeda, directora de incorporación y recaudación en el comunicado de la propia institución.
¿Cómo solicito el convenio de pagos?
El interesado puede ponerse en contacto con la autoridad por número telefónico al 800 623 2323, seleccionando la opción 4, o mandando un correo electrónico a: convenio.orienta@imss.gob.mx.
Es necesario mandar por correo electrónico la siguiente información:
- Tarjeta de identificación patronal.
- Identificación oficial, ya sea del sujeto obligado o representante legal (INE, pasaporte, cédula profesional).
- Acta constitutiva de la persona moral (únicamente las hojas donde se señala la razón social para la cual fue creada, así como aquella que contenga el folio del registro público de la propiedad y del comercio).
- Poder notarial del representante legal (únicamente la hoja donde se señala la facultad conferida por la persona moral, debiendo ser específica para la realización de trámites ante entidades públicas o actos de administración).
- Escrito libre solicitando la autorización del pago a plazos y los plazos para hacerlo.
El instituto verificará la información y enviará un correo electrónico con el convenio de pagos y la ficha de depósito con la línea de captura correspondiente.
“Al momento que nos lo solicitan les regresamos por el mismo medio la propuesta de convenio de pago y una ficha de pago en el banco correspondiente para que lo lleven a cabo”, destaca López Castañeda y añade que este mecanismo evita el cobro de multas, pues el patrón se regulariza de manera espontánea, sin que medie requerimiento del IMSS, por lo que tampoco se requiere la presentación de una garantía de interés fiscal.
Esquemas de los pagos diferidos
- 12 meses, 1.26%
- De 12 hasta 24 meses, 1.53%
- De 24 a 48 meses, 1.82%
Es importante que los patrones cumplan con el importe mínimo, que es el 20% de las cuotas patronales, y el 100% de las cuotas obreras. Los patrones pueden elegir en cuál esquema quedarse.
“Sin embargo, si en la primera parcialidad o en la parcialidad que sea, se llega a incumplir el pago, entonces inmediatamente tenemos que solicitar la garantía para no exponer los ingresos del Instituto”, aclara López Castañeda.
Puedes revisar el comunicado del IMSS aquí. / Publicación: julio 2020
TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR:
Cómo usar correctamente el Buzón IMSS
Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia comercial, fiscal y laboral), la Agenda Inteligente (las noticias de negocios más relevantes) y a nuestro canal de YouTube.