Si Netflix ahora está obligado a dar comprobantes fiscales, ¿puedo deducir mi suscripción?
Debido a la nueva reforma de impuestos digitales, los contribuyentes se preguntan si los comprobantes fiscales digitales de Netflix son deducibles
Derivado de las disposiciones fiscales en materia de impuestos digitales que entrará en vigor el 1 de junio del presente año, las empresas que presten servicios digitales estarán obligadas a retener el impuesto al valor agregado (IVA) por sus servicios, y emitir comprobantes de dichas retenciones. Por lo tanto, es natural que muchas personas se pregunten si éstos pueden ser usados para efectuar deducciones.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha dicho que estos comprobantes (que las empresas deben entregar en PDF a quien los solicite), si bien no son CFDI (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet), pueden ser usados para efectos fiscales cuando corresponda.
El artículo de la 27 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta especifica las características esenciales que se debe cumplir para que las deducciones sean aplicables. En primer lugar “deben ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente”.
Es decir, si para la actividad económica que realizas tener una suscripción de Netflix es indispensable como, por ejemplo, si eres crítico de cine, puedes argumentar ante el fisco a favor de su deducibilidad.
Netflix aún no factura, pero entregará comprobantes
En redes sociales ha habido casos de usuarios que se quejan de que la empresa se ha negado a emitir los comprobantes fiscales:
https://twitter.com/armando_rc/status/1258484145195331584
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El órgano fiscal respondió que la obligación de entregar el comprobante entrará en vigor hasta el 1 de junio, explicando así la negativa de la empresa.
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