el Contribuyente

Infonavit suspende plazos por coronavirus

De acuerdo con un decreto publicado en el DOF, el Infonavit suspenderá plazos debido a la contingencia sanitaria.

El pasado 4 de mayo, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Aviso por el que se hace del conocimiento del público en general la suspensión de plazos para efectos de los actos y procedimientos a cargo del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) como organismo fiscal autónomo, derivado de la contingencia sanitaria COVID-19, en los términos que se indican”.

El aviso establece lo siguiente:

Se considerarán como inhábiles, y en consecuencia no correrán los plazos ni se computarán términos legales, los siguientes días del 2020:
  • A partir del día siguiente al de la publicación del presente documento en el DOF, y hasta la fecha que se determine por el Instituto. En la que se considere que han cesado las causas que dieron origen a las presentes medidas suspensivas derivadas de la contingencia por Covid-19.
  • En este contexto, los plazos establecidos en el artículo 46-A primer párrafo del Código Fiscal de la Federación, se suspenderán por el periodo comprendido en la fracción que antecede.

Es decir, no computarán los plazos en términos legales a partir del 5 de mayo y hasta que el Infonavit determine lo contrario.

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR:

Infonavit congelará créditos a trabajadores que pierdan su empleo por coronavirus


Suscríbete a la Agenda Inteligente (las noticias de negocios más relevantes), El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.

Salir de la versión móvil