El Infonavit presentó medidas de apoyo para trabajadores con créditos cuyos patrones hayan recurrido a la suspensión de labores.
Para contrarrestar los efectos económicos de la pandemia, el Infonavit dio a conocer un paquete de medidas de protección para derechohabientes, patrones y sector económico. Dentro del paquete hay dos medidas pensadas para trabajadores con créditos del Infonavit cuyos patrones hayan recurrido a la suspensión de labores.
La idea de este apoyo es disminuir la carga de obligaciones en los créditos de los trabajadores.
¿En qué consiste el apoyo del Infonavit a trabajadores?
- Si son afectados por una disminución en su salario base de aportación, se realizará una reducción en el factor de pago de amortización de entre el 25% y 50%.
- Si la reducción salarial es mayor al 50%, se otorgará al trabajador una prórroga por tres meses sin capitalización de intereses.
¿Cómo se consigue?
Para conseguir este beneficio, la empresa debe presentar una solicitud ante la oficina del Infonavit correspondiente. La empresa cuenta con las siguientes opciones para presentarla:
- Si la solicitud de suspensión se presentó ante la Junta de Conciliación y Arbitraje (JCA), debe presentarse una copia del acuse de recibo.
- Si el paro técnico no fue presentado ante la JCA, debe exhibirse el escrito en el que conste el acuerdo de suspensión de labores. Este documento debe ir acompañado del acta firmada por representantes de la empresa y el sindicato. El acta debe presentarse ante la JCA.
- Si no se cuenta con sindicato, se debe presentar un escrito en donde conste el acuerdo entre el patrón y los trabajadores.
Para cualquiera de estos casos, la solicitud debe ir acompañada de los datos de cada trabajador. Estos incluyen nombre, número de crédito, número de seguridad social. También debe incluir datos de la empresa como razón social, número de registro patronal y la fecha de inicio y terminación de la suspensión de labores.
Por último, hay que resaltar que el beneficio se verá reflejado en los primeros cinco días del mes posterior a la solicitud. A partir de ese momento, la empresa puede acceder al portal empresarial para revisar los visos de retención a los pagos, o de suspensión temporal de pago.
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