el Contribuyente

El SAT bloqueará tu contraseña si detecta alguna de estas irregularidades

SAT extiende supuestos de cancelación de sellos digitales a la contraseña

Te decimos en qué casos el SAT podrá cancelar tu contraseña. Toma nota.

Esta semana se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020. Entre otras cosas, este decreto aplica los mismos supuestos de cancelación para los certificados de sellos digitales a la contraseña.

La contraseña es una firma electrónica que funciona como mecanismo de acceso a los servicios que brinda el SAT a través de medios electrónicos. Se conforma por la clave en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del contribuyente y una contraseña que él mismo elige.

La Regla 2.2.1 establece que “cuando la autoridad fiscal identifique que el contribuyente se ubica en alguno de los supuestos previstos en el artículo 17-H Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF), podrá restringir temporalmente la Contraseña, hasta que el contribuyente aclare o desvirtúe dicho supuesto, de lo contrario se podrá bloquear el certificado”.

¿En qué casos podrá cancelarse la contraseña?

El artículo 17-H Bis habla de los casos en los que se puede restringir el uso temporal de los certificados de sello digital. Y ahora, por la nueva resolución, también se pueden usar para la contraseña.

Estos son los supuestos de cancelación:

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