el Contribuyente

¿Cuál es la fecha límite para presentar la declaración anual y tener devolución automática?

(Imagen: Shutterstock)

Conoce la fecha límite, luego de que la autoridad fiscal concedió una prórroga para la presentación de la declaración anual de personas físicas.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) otorgó una prórroga para que las personas físicas puedan presentar la declaración anual hasta el 30 de junio de 2020.

Sin embargo, la fecha límite para presentar la declaración anual y tener devolución automática es el 31 de julio. Es decir, tienen un mes más para aprovechar la facilidad de la devolución automática.

Lo anterior es posible porque la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2020, en la regla 2.3.2., establece que las personas físicas que presenten su declaración anual y determinen saldo a favor del impuesto sobre la renta (ISR), podrán optar por solicitar a las autoridades fiscales su devolución automática, siempre que se opte por ejercerla hasta el 31 de julio.

Lo anterior está sujeto a ciertas limitaciones. Una de ellas es que, si la declaración anual del contribuyente presenta no un saldo a favor, sino un adeudo, deberá tomarse en cuenta la fecha límite de la prórroga: el 30 de junio. De lo contrario, la autoridad fiscal podría cobrar recargos.

Puedes revisar la información sobre las devoluciones que publicó el SAT aquí / Fecha de publicación: abril de 2020.


Suscríbete a la Agenda Inteligente (las noticias de negocios más relevantes), El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.

Salir de la versión móvil