El Contribuyente
Síguenos
empty

SCJN y TFJA amplían suspensión de actividades

Te decimos los nuevos plazos de suspensión de actividades de la SCJN y el TFJA.



SCJN y TFJA amplían suspensión de actividades
29 abril, 2020

Debido a la pandemia del Covid-19, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendieron actividades.

Inicialmente, el TFJA suspendió desde el 18 de marzo hasta el 20 de abril. Por su parte, la SCJN suspendió del 18 de marzo al 19 de abril.

Esta semana, ambas instituciones dieron a conocer que ampliarán la suspensión de actividades.

Suspensión de actividades en el TFJA

El día de ayer, el TFJA dio a conocer el boletín 09/2020 sobre la suspensión de actividades. Lo más importante del boletín es que se mantendrán la suspensión de actividades hasta el 29 de mayo.

Otros puntos importantes del boletín son los siguientes:

  • Se prevé regresar a la normalidad el lunes 1 de junio.
  • Incrementarán las guardias para atender a usuarios.
  • Sala Superior y secciones sesionarán de manera regular en video conferencia.
  • Activarán más trabajo jurisdiccional desde casa.

El Pleno General del Tribunal Federal de Justicia Administrativa informa que, debido a la Contingencia Sanitaria derivada de la pandemia causada por el COVID-19, ha acordado prorrogar la suspensión de labores jurisdiccionales del miércoles 6 al viernes 29 de mayo, inclusive, para reanudar actividades el lunes 1 de junio. Entretanto, la Sala Superior y sus dos Secciones sesionarán regularmente en video conferencia.

El Tribunal ha dispuesto aumentar el trabajo jurisdiccional en casa, así como el número de guardias en todas las salas regionales del país. Turnarán dichas solicitudes a las diez salas que operarán de lunes a viernes, de 10:00 a 14:30 horas en las siguientes ciudades:

•Ciudad de México
•Tijuana
•Guadalajara
•Monterrey
•Torreón
•Puebla
•Tlanepantla
•Cancún
•Celaya

Suspensión de actividades en la SCJN

El 27 de abril, la SCJN dio a conocer el Acuerdo General 7/2020. En él, amplían la suspensión de actividades hasta el 31 de mayo. Estos días se consideran inhábiles y se habilitan los días que resulten necesarios para las actuaciones jurisdiccionales que se precisan.

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR:

Prevén para finales de este año una segunda oleada de Covid-19


Suscríbete a la Agenda Inteligente (las noticias de negocios más relevantes), El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar

Conoce los cambios en la Ley de Ingresos de la Federación para 2025

STPS refuerza inspecciones laborales con nuevas contrataciones y tecnología

Inteligencia Artificial transforma la fiscalización del SAT: expertos llaman a empresas a modernizarse

¡Adiós a tus multas! El Paquete Económico 2025 incluye estímulos fiscales para regularizar adeudos