En cada centro de trabajo debe de existir una Comisión Mixta de Seguridad e Higiene, un organismo que garantice a los trabajadores la protección de la vida y la salud, tanto física, mental y social. ¿Tu empresa lo tiene?
La Comisión Mixta de Seguridad e Higiene (CMSH) es un organismo bipartito que se conforma por trabajadores y patrones. Su objetivo primordial es proponer medidas preventivas para evitar accidentes de trabajo y vigilar que éstas se cumplan.
El patrón tiene que inscribir a una comisión por cada centro de trabajo con la autoridad federal del trabajo. Esto lo hace presentando a la Secretaria de Trabajo y Previsión Social (STPS) el formato I-19-1 “Solicitud de Registro de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene”.
La CMSH deben integrarse en los centros de trabajo en un plazo no mayor de 30 días a partir de la fecha en que inicien sus actividades y, de inmediato, en donde la CMSH no exista.
Tiene que estar conformada por igual número de representantes tanto de trabajadores y de patrones para garantizar la seguridad de los trabajadores. En la Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS_2011, en el punto 7.1 se establece el número de integrantes de la comisión:
La empresa que cuenta con menos de 15 empleados y no cuente con figura sindical, debe estar conformada por un coordinador y un secretario.
La empresa que cuente con más de 15 empleados tiene que constituir la comisión con un coordinador, un secretario y vocales que acuerden la empresa y los trabajadores.
¿Quién designa a los miembros de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene?
Ambas partes deben de elegir a sus representantes. Es decir, el patrón designará a su representantes y los trabajadores elegirán a los suyos a través del sindicato titular del contrato colectivo.
Las obligaciones de los patrones con CMSH
Los patrones tienen la obligación de apoyar la investigación de los accidentes y enfermedades de trabajo. Deben de proporcionar la siguiente información:
- Los incidentes, accidentes y enfermedades de trabajo que ocurran en el centro de trabajo. Los procesos de trabajo y las hojas de datos de seguridad de sustancias químicas utilizadas.
- El seguimiento a las causas de los riesgos de trabajo que tengan lugar en el centro laboral.
La comisión debe de realizar, por lo menos una vez al mes, un recorrido por el centro de trabajo para verificar el riesgo que se pueda presentar en las instalaciones de trabajo, maquinaria, equipos y edificios.
Medidas de prevención
Se registra que los resbalones, tropiezos o caídas son las lesiones que con mayor frecuencia pasan en los trabajos y de las principales causa de muerte accidental. Por tal motivo, el Instituto de Seguridad y Servicio Social de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) proporciona una guía de Resbalones, tropiezos y caídas.
El Instituto te recomienda las siguientes medidas para prevenir accidentes en la área de trabajo:
- Mantener en buen estado los pisos y cuando se limpien usar antideslizantes.
- Utilizar señalamientos de peligro.
- Reparar o reemplazar áreas con pisos deteriorados.
- Sugerir a los empleados utilizar calzado antiderrapante.
- Tener bien iluminados los centros de trabajo.
- Vigilar que los pasillos se encuentren libres.
Puedes revisar el Guía de Resbalones, tropiezos y caída aquí.
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