IMSS debe valorar pruebas del recurso de inconformidad aunque no se aporten durante verificación
Un tribunal consideró ilegal que la autoridad demandada, al resolver un recurso de inconformidad, no haya valorado las pruebas aportadas por el recurrente para acreditar la relación laboral con su trabajador.
Cuando los patrones o los asegurados consideren impugnable algún acto definitivo del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), podrán tramitar un recurso de inconformidad. [Ley del Seguro Social 294].
El escrito del recurso de inconformidad deberá contener las pruebas que se ofrezcan, relacionadas con el acto impugnado, y dichas pruebas se deberán acompañar al citado escrito. [Reglamento del Recurso de Inconformidad 4, fr. VI, y 5, fr. IV].
Al dictarse la resolución correspondiente, la autoridad debe decidir sobre las pretensiones del recurrente (en este caso, el patrón que tramitó el recurso) analizando las pruebas recabadas. [Reglamento del Recurso de Inconformidad 18 y 25].
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En este contexto, un tribunal consideró ilegal que la autoridad demandada, al resolver un recurso de inconformidad, no haya valorado las pruebas aportadas por el recurrente para acreditar la relación laboral con su trabajador. Esto con el argumento de la autoridad de que no fueron presentadas en el procedimiento de verificación.
El órgano jurisdiccional consideró que el recurrente estuvo en posibilidad de presentar las pruebas hasta que interpuso el recurso de inconformidad. Además, determinó que no resultaba aplicable la jurisprudencia que sirvió de sustento a la autoridad para no valorar las pruebas aportadas. Esto se debe a que dicho criterio está dirigido al juicio contencioso administrativo, y no al recurso de inconformidad. [Jurisprudencia 2a./J. 73/2013 (10a.)].
Esto lo determinó la Sala Regional del Pacífico del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) al resolver un juicio contencioso administrativo. Y la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) retomó este criterio jurisdiccional y lo publicó en su portal de internet.
Puedes revisar este criterio jurisdiccional aquí / Año: 2020 / Con este criterio de búsqueda: IMSS / Clave: 14/2020 / Publicación: 30 de enero de 2020.
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