Una falla en la declaración anual de personas físicas no permite precargar comprobantes de primas de gastos médicos.
Esta semana, Seguros Monterrey New York Life dio a conocer a sus asegurados que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene una falla en su sistema. Se trata de un filtro incorrecto que no permite precargar comprobantes de primas de gastos médicos.
Hay que recordar que las primas de los gastos médicos mayores son deducibles. Para esto, se deben incluir en la declaración anual como “primas de seguros de gastos médicos” y no como gastos.
De acuerdo con la aseguradora, el SAT arreglará este problema a partir del 7 de abril. Es decir, ya se podrán precargar los comprobantes en la declaración. Además, la aseguradora también dijo que, si hay algún problema, los asegurados podrán hacerlo manualmente.
De acuerdo con el SAT, en su declaración anual las personas físicas tienen derecho a presentar las siguientes deducciones personales por concepto de gastos relacionados a la salud.
1.- Gastos médicos
- Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición. Son deducibles sólo si son prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes.
- Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales.
- Honorarios a enfermeras.
- Análisis o estudios clínicos.
- Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.
- Prótesis.
- Compra de lentes ópticos graduados para corregir defectos visuales. Los lentes son deducibles hasta por un monto de 2 mil 500 pesos, siempre que se describan sus características en el comprobante o se cuente con el diagnóstico de un oftalmólogo u optometrista.
Recomendaciones:
- No podrás deducir el 100% de tu factura cuando incluya otros conceptos no deducibles, como compra de flores, café, etcétera.
- No podrás deducir las medicinas compradas en farmacias.
- Estos gastos son deducibles cuando hayan sido efectuados para el contribuyente, su cónyuge o concubino/a, sus padres, abuelos, hijos o nietos.
2.- Primas por seguros
- Los contribuyentes que adquirieron un seguro de gastos médicos podrán deducir las primas.
Recomendaciones:
- En la declaración anual, se debe aplicar dentro del tipo de deducción “primas de seguros de gastos médicos” y no como un gasto médico.
- Cuando se realicen este tipo de gastos, se deben revisar las facturas, para cerciorarse que el concepto facturado sea claro y corresponda a la prima de seguro de gastos médicos que se está contratando.
- En el campo “Uso del CFDI” se debe indicar que se trata de primas por seguros de gastos médicos.
- Estos gastos son deducibles cuando hayan sido efectuados para el contribuyente, su cónyuge o concubino/a, sus padres, abuelos, hijos o nietos.
Aquí puedes leer una guía completa sobre deducciones personales.
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