Las fintech deben proporcionar la información relativa a la designación de su oficial de cumplimiento y, en su caso, de la integración del comité de comunicación y control, a partir del 1 de junio del 2020.
Las instituciones de tecnología financiera (fintech) están obligadas a presentar a la Secretaría de Hacienda los reportes sobre operaciones que sean consideradas como relevantes, internas preocupantes e inusuales. [Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera 58].
Además, las fintech deben informar sobre la designación de su oficial de cumplimiento y su revocación, y sobre la integración inicial de su comité de comunicación y control. Así como de la adición o sustitución de sus integrantes.
Por eso, el 24 de marzo, la Secretaría de Hacienda expidió los formatos oficiales para que las fintech informen lo siguiente:
- Operaciones relevantes, inusuales e internas preocupantes.
- Designación del oficial de cumplimiento.
- Integración del Comité de Comunicación y Control.
Las fintech deben proporcionar la información relativa a la designación de su oficial de cumplimiento y, en su caso, de la integración del comité de comunicación y control, a partir del 1 de junio del 2020.
Las fintech también deben empezar a remitir los reportes de operaciones inusuales e internas preocupantes a partir del 1 de julio. Mientras que los reportes de operaciones relevantes, correspondientes al primer y segundo trimestre del 2020, deben remitirlos dentro de los primeros 10 días hábiles de julio.
Puedes revisar a detalle el documento que publicó la Secretaría de Hacienda aquí / Fecha de publicación: 24 de marzo de 2020.
Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral), a la Agenda Inteligente (las noticias de negocios más relevantes).