¿Qué puedes hacer si tu jefe te obliga a ir a la oficina durante la contingencia por el coronavirus?
Últimamente se ha discutido mucho sobre el impacto laboral del coronavirus. Esta semana, por ejemplo, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) aclaró todo sobre los despidos y el virus. Según la dependencia, todos los despidos que se den a raíz de la enfermedad son injustificados e ilegales.
De acuerdo con Luisa María Alcalde Luján, titular de la STPS, no existe fundamento legal para separar trabajadores o modificar unilateralmente las condiciones de trabajo. Por eso, la STPS llamó a todas las empresas que han cometido malas prácticas a rectificarlas. Además, llamó a los trabajadores a denunciar cualquier abuso ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
Pero quedan algunas dudas. Por ejemplo, ¿pueden obligarte a ir a trabajar durante la crisis del coronavirus?
¿Pueden hacer ir a la oficina durante el coronavirus?
Obviamente, un patrón no puede obligarte a hacer nada. Pero, sí hay una relación laboral entre patrón y trabajador. De hecho, la Ley Federal del Trabajo dice que “desobedecer el trabajador al patrón o a sus representantes, sin causa justificada, siempre que se trate del trabajo contratado” es causa para un despido justificado.
Entonces, puedes negarte a seguir una orden en tu trabajo, pero te pueden despedir. Si tu patrón te pide que vayas a la oficina, tienes que ir.
Actualmente, estamos en la fase dos de la pandemia y estamos en una contingencia sanitaria. Por eso, las únicas personas que pueden dejar de ir a trabajar son:
- Adultos mayores de 60 años.
- Mujeres embarazadas o en periodo de lactancia.
- Personas con discapacidad.
- Personas con enfermedades crónicas no transmisibles.
Aunque muchas empresas están adoptando el home office, esta práctica no puede usarse en todos los negocios. Para esos casos, la STPS dio a conocer una guía de acción para centros de trabajo. La puedes leer aquí. Pero, la ley no establece ninguna sanción si las empresas no cumplen con la guía. Es decir, son solamente recomendaciones.
Entonces, a menos que estén en los grupos vulnerables, tu patrón puede obligarte a ir. Si no quieres, hay causas para un despido justificado.
Con información de El Economista.
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