Los trabajadores por honorarios tienen derecho a prestaciones laborales en estos casos
Los trabajadores que son contratados por honorarios no tienen una relación laboral con la empresa y no tienen derecho a las prestaciones sociales, sin embargo, hay tres casos en donde puede reclamar tus derechos.
Un trabajador por honorarios o que presta servicios independientes remunerados es un trabajador autónomo con una relación voluntaria con la empresa. Es decir, sin una relación de trabajo con el patrón. Por ende no tiene derecho a prestaciones laborales.
Algunos de los profesionistas que comúnmente trabajan bajo este esquema son médicos, artistas, diseñadores y videógrafos.
La Ley Federal del Trabajo (LFT), en el artículo 20 define la relación de trabajo como “cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario”.
La Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) alertó que se hay casos registrados en donde empresas contraten trabajadores bajo este esquema, pero en realidad son simulaciones, pues los trabajadores tendrían derecho a reclamar sus prestaciones.
Si el trabajador puede comprobar que existe una relación de trabajo de subordinación con su patrón puede exigir sus prestaciones.
¿Cómo comprueba el trabajador por honorarios que en realidad sí tiene una relación laboral?
- Si cuenta con un horario fijo.
- Si recibe órdenes o instrucciones de un superior inmediato.
- Si realiza su trabajo en un lugar fijo.
Si cumples con estas tres aspectos, se tiene una relación de trabajo y puedes exigir tus derechos laborales que marca la Ley Federal del Trabajo (LFT).
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¿A qué prestaciones tendría derecho?
La Ley Federal del Trabajo establece que las prestaciones a las que tiene derecho son:
- Seguridad social (IMSS)
- Aguinaldo
- Vacaciones
- Utilidades de la empresa
- Aportaciones al Infonavit y afore
- Prima de antigüedad
- Licencia por maternidad
¿A dónde acudir?
Si cumples con los aspectos antes mencionados puedes solicitar tu cambio de contrato de honorarios por el contrato individual de trabajo. Puedes acercarte a la Procuraduría de la Defensa del Trabajador (Profedet) para que te dé asesoría.
Ponte en contacto con la Profedet a través de los numeros telefonicos 018009117877 o 018007172942, al correo electrónico [email protected], o por sus redes sociales oficiales (@Profedet)
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