El un análisis realizado por el IMCP indica que, en materia fiscal, existen distintos escenarios que pueden presentarse en la realización de estas operaciones.
El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) elaboró un documento en el que expone aspectos relevantes a considerar en la enajenación de acciones.
El análisis realizado por el IMCP indica que, en materia fiscal, existen distintos escenarios que pueden presentarse en la realización de estas operaciones.
De acuerdo con el IMCP, cuando se lleva a cabo una operación de enajenación de acciones es necesario tomar en consideración quién es la persona que la realizará. Dependiendo de esto será la mecánica a seguir para la determinación del impuesto sobre la renta (ISR) que se tendrá que aplicar.
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Las personas enajenantes pueden ser las siguientes:
a) Persona física residente en México
b) Persona moral residente en México
c) Persona física o moral residente en el extranjero
En el documento, el IMCP explica cómo se calcula el ISR de la enajenación de acciones, porque dice que el procedimiento y la determinación del impuesto son diferentes en cada caso.
Por eso, el IMCP considera necesario conocer el o los procedimientos que pueden ser utilizados por cada una de las personas enajenantes de las acciones.
Puedes revisar el documento Aspectos relevantes a considerar en la enajenación de acciones que publicó el IMCP aquí / Fecha de publicación: marzo de 2020.
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