A inicios de año, la validación del CFDI de nóminas era opcional. A partir de febrero, es obligatoria.
El 11 de diciembre pasado, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó los siguientes cambios en el complemento de nómina versión 1.2, que entraron en vigor el 1 de enero de 2020:
- Cuando se paguen conceptos de sueldos y salarios, se validará que el recibo de nómina contenga el apartado de subsidio para el empleo. Aun y cuando el subsidio para el empleo sea “0”. Aunque el trabajador no tenga derecho al subsidio para el empleo, deberá anotarse un cero en el subsidio pagado.
- No se permitirá incluir el subsidio para el empleo en recibos de nómina cuyos conceptos sean diferentes a sueldos y salarios y asimilados a salarios señalados en el artículo 94, fracción I, de la Ley del ISR (Régimen de contratación “02”). El SAT recomienda consultar y utilizar la Guía de llenado del recibo de nómina, Apéndice 6, para registrar los conceptos de percepciones, otros pagos y deducciones por cada tipo de régimen de contratación.
- El monto para el subsidio del empleo no puede ser mayor que los montos establecidos en las disposiciones fiscales.
Cuando entraron en vigor, estos cambios al CFDI de nóminas eran opcionales. Pero a partir de febrero, son obligatorios.
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