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El SAT no hostigará a arrendadores con reformas

De acuerdo con especialistas, las reformas fiscales en las rentas no afectarán tanto a los arrendadores.



El SAT no hostigará a arrendadores con reformas
10 febrero, 2020

Ya entraron en vigor los cambios fiscales que obligará a los arrendadores a comprobar que han estado emitiendo CFDI por los ingresos de las rentas. Cuando un inquilino no pague la renta y se llegue a un juicio de arrendamiento, el juez pedirá al arrendador que le muestre los CFDI que amparen sus ingresos. Si no los demuestra, el juez deberá comunicarlo al SAT a más tardar cinco días después del vencimiento del plazo.

Con esto, la autoridad judicial apoyará al SAT en mejorar la recaudación en arrendamientos. Esta reforma nació porque, según la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la evasión de ISR por arrendamiento representa 0.1% del PIB. Además, un estudio de la Universidad de las Américas Puebla reveló en 2016 que la tasa de evasión de personas físicas que obtienen ingresos por arrendamiento fue de 73.5%.

Ahora, los arrendadores deben darse de alta en el RFC y en el régimen de arrendamiento. Esto les dará la oportunidad de habilitar sus sellos digitales y emitir facturas. Por último, tendrán que presentar declaraciones provisionales y anuales.

El SAT no hostigará a arrendadores

En entrevista con El Universal, el especialista de AHC Abogados, Fernando Bustamente, dijo que, en realidad, la notificación que el juez haga al SAT no impide que se lleve a cabo un juicio.

Entonces, cuando se vaya a juicio por rentas vencidas, el arrendador debe presentar las facturas de las rentas que recibió. De no hacerlo, el juez envía un aviso al SAT por su omisión. Pero esto no impide que se lleve a cabo el juicio. Así, los derechos del arrendador siguen intactos y todavía se deberá pagar la renta vencida y es posible el desalojo.

Con información de El Universal.

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