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¿Recibir una factura falsa se sancionará con cárcel en 2020?

Con la entrada en vigor de la reforma penal fiscal algunos contribuyentes pueden pensar que recibir una factura falsa se sancionará con cárcel.



¿Recibir una factura falsa se sancionará con cárcel
(Imagen: Shutterstock)
1 enero, 2020

Como seguramente sabes, en noviembre fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un paquete de reformas conocido como reforma penal fiscal o Ley Antifactureras.

Con la reforma penal fiscal se pretende sancionar severamente la expedición de facturas falsas y entra en vigor este primero de enero de 2020.

Se trata de una reforma con la que se equipara la defraudación fiscal y la facturación falsa con la delincuencia organizada. Además, establece supuestos y montos por los que ameritarán prisión preventiva oficiosa los siguientes delitos previstos en el Código Fiscal de la Federación (CFF):

  • Contrabando y su equiparable
  • Defraudación fiscal y su equiparable
  • La expedición venta, enajenación, compra o adquisición de comprobantes que amparen operaciones inexistentes, falsas, o actos jurídicos simulados

Un argumento en contra de las medidas que plantea la reforma es que se podría castigar a justos por pecadores, lo que implicaría que empresarios compartan celda con narcotraficantes, secuestradores, entre otros delincuentes. Esto generó en algunos contribuyentes la duda o la idea de que serán sancionados como miembros de la delincuencia organizada e irán a la cárcel si por equivocación reciben una factura que ampara operaciones simuladas.

Si eres buen contribuyente no tienes que preocuparte

Sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) aclaró en su momento que esa idea es un mito. El 29 de octubre, la autoridad fiscal aclaró a través de su cuenta de Twitter que “si eres un buen contribuyente, no tienes nada de que preocuparte”.

De acuerdo con el SAT, las reformas para combatir a las factureras están dirigidas a las redes de empresas que simulan operaciones para defraudar a México. Así que se prevé que no afectarán a los contribuyentes cumplidos.

Los empresarios aclararon la misma duda

El presidente del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), Carlos Salazar Lomelín, el 23 de octubre, había aclarado la misma duda.

“No es verdad que una persona a la que se le encuentre una factura falsa en su estado de resultados lo van a meter a la cárcel. Tampoco es verdad que no va a tener ningún derecho para defenderse”, expuso.

En conferencia de prensa, el líder empresarial dijo que la reforma penal fiscal está hecha para personas que no son contribuyentes, que no tienen un pasado fiscal, no están dados de alta y no existen para la autoridad.

El valor de las facturas falsas debe superar 7.8 mdp

Salazar Lomelín explicó que en el caso de un contribuyente que tenga facturas falsas dentro de su estado de resultados, el primer requisito para la prisión preventiva es que el valor de dichas facturas supere 7.8 millones de pesos (mdp).

“Se ha dicho que el contribuyente estará sujeto a cárcel y a detención por un error, pero no es cierto”, afirmó el presidente del CCE.

Lo anterior se debe a que el contribuyente tendría que cometer un error superior a los 7.8 mdp, y se considera que ese tipo de errores sólo los comete alguien relacionado con alguna actividad ilegal.

Se elevó el monto para la prisión preventiva

La iniciativa original del Senado establecía que sería sancionada con prisión preventiva la compra o venta de facturas falsas, cuando el valor de los comprobantes fiscales superaran 2.3 mdp.

Sin embargo, el sector empresarial solicitó que el monto se elevará. Al final se estableció el monto mínimo de 7.8 mdp.

Puedes revisar el contenido de la reforma penal fiscal aquí.


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