El objetivo del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral es reducir el procedimiento de conciliación entre trabajadores y patrones en asuntos individuales y colectivos del orden federal.
El 6 de enero, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se expide la Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
El nuevo ordenamiento legal surgió de la reforma laboral publicada el 1 de mayo en el DOF. La ley se conforma de 25 artículos divididos en cinco títulos:
I. Disposiciones generales
II. De las atribuciones del Centro
III. De la administración, organización y funcionamiento del Centro
IV. De la vigilancia, control y evaluación del Centro
V. Del patrimonio del Centro
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La legislación también tiene cuatro artículos transitorios y entró en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.
El objetivo del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral es reducir el procedimiento de conciliación entre trabajadores y patrones en asuntos individuales y colectivos del orden federal.
Además, registrará a nivel nacional todos los contratos colectivos de trabajo, contratos-ley, reglamentos interiores de trabajo, las organizaciones sindicales y los procesos administrativos correspondientes.
El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral contará con un servicio profesional que entrará en vigor un año después de su creación. Su implementación será gradual conforme a los lineamientos y manuales que sean aprobados.
Puedes revisar el Decreto por el que se expide la Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral aquí / Fecha de publicación: 6 de enero de 2020.
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