Llaman a boicotear a AMLO facturando a su nombre; SAT advierte que se castigará con multa
El SAT advirtió que emitir facturas a nombre de una persona distinta a la que adquirió el bien o servicio es una infracción.
En los últimos días, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) lanzó una advertencia a través de sus redes sociales: emitir facturas con un RFC distinto al de la persona que adquirió el bien o contrató el servicio es una infracción.
De acuerdo con la autoridad fiscal, la multa que corresponde a la infracción puede ir de mil 670 a 95 mil 300 pesos, y hasta la clausura preventiva del negocio.
El RFC de las personas físicas es un dato personal y, como tal, está protegido por la legislación de protección de datos.
¡Evita sanciones! No emitas facturas con un RFC distinto de la persona que adquirió el bien o contrató el servicio. pic.twitter.com/DclIYl48dV
— SATMX (@SATMX) January 20, 2020
“Boicot fiscal” en redes sociales
La advertencia parece derivar del “boicot fiscal” difundido en redes sociales para que los contribuyentes pidan factura de los productos o servicios adquiridos con el RFC del presidente Andrés Manuel López Obrador. El supuesto objetivo de la convocatoria es que el SAT le determine una discrepancia fiscal al presidente.
Actualmente, en redes sociales circula información de personas que supuestamente facturaron a nombre de López Obrador, como parte del “boicot fiscal”. Pero también hay personas mostrando su malestar por esta práctica.
Fundamento legal de la advertencia
De acuerdo con el SAT, el fundamento legal de la infracción es el artículo 83, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación (CFF). Mientras que el de la multa es el artículo 84, fracción VI del CFF.
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