El 31 de enero el SAT emitirá regla sobre retención del 6% de IVA al outsourcing
El SAT no ha podido aclarar la retención del 6% al IVA por outsourcing. Por eso, pidieron una prórroga a la Prodecon.
La Miscelánea Fiscal del Paquete Económico 2020 incluye una reforma para que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) haga frente a la evasión fiscal por outsourcing. Se trata de la modificación del artículo 1-A de la Ley del IVA.
En la primera propuesta, la idea era adicionar una cuarta fracción que obligaría a las personas morales o físicas con actividad empresarial que reciban “servicios de subcontratación laboral en términos de la Ley Federal del Trabajo” a retener el IVA. Es decir, en lugar de que la empresa que ofrece el servicio haga la retención, como normalmente ocurre, la debería efectuar la que adquiere el servicio.
Sin embargo, la versión definitiva, aprobada y publicada finalmente en el Diario Oficial de la Federación (DOF) tiene modificaciones importantes, como que la retención únicamente será por el 6%. También se eliminó la alusión a los servicios de subcontratación laboral en términos de la LIF, y en su lugar se refiere a servicios en los que se ponga personal a disposición del contratante, “independientemente de la denominación que se le dé a la obligación contractual”.
Debido a esto, en las últimas semanas varios especialistas han pedido al SAT que haga más aclaraciones. Cuando lo ha hecho, las explicaciones se han quedado cortas. Así, la incertidumbre de los contribuyentes continúa.
SAT tuvo que pedir una prórroga sobre retención de IVA al outsourcing
Actualmente, el SAT está trabajando en un análisis para emitir un criterio definitivo. Para esto, ha trabajado junto con la Prodecon y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Originalmente, la Prodecon había dado como fecha final para el nuevo criterio el 24 de enero. Pero el SAT envió una solicitud de prórroga. De acuerdo con fuentes de la Prodecon, la nueva fecha es el 31 de enero.
El Instituto de Contadores Públicos (IMCP) opina que en lo que el SAT publica las reglas, es recomendable hacer la retención si en el contrato dice que el contratista pone a disposición personal o el objeto del contrato es el de servicios de personal.
Con información de El Financiero.
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