Buzón tributario podría usarse para otorgar “fecha cierta” a documentos
Los cambios en el buzón tributario podrían estar encaminados a otorgar la “fecha cierta” a los documentos que se consignen a través de este medio.
El buzón tributario es una aplicación que se ejecuta dentro del portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y se utiliza como herramienta de comunicación entre la autoridad fiscal y los contribuyentes. A los contribuyentes les sirve para realizar trámites, presentar promociones, depositar información o documentación, atender requerimientos y obtener respuestas a sus dudas. El SAT lo usa para notificar actos administrativos y responder a los contribuyentes.
Cambios en el buzón tributario 2020
Habilitación del buzón
En 2020 entrará en vigor un cambio fiscal que obligará a los contribuyentes a habilitar el buzón tributario y a mantener actualizados los medios de contacto. Se trata de la modificación al artículo 17-K del Código Fiscal de la Federación (CFF).
Notificaciones por estrados
En caso de que no se habilite el buzón tributario o no se actualicen los medios de contacto, se entenderá que el contribuyente no quiere recibir notificaciones a través de este medio. Es decir, a partir de ese momento, todas las notificaciones serían por estrados.
Multas por no actualizar los datos
También entrará en vigor un cambio que establece multas de 3 mil 80 a 9 mil 250 pesos por no tener actualizados los datos del buzón tributario. Se trata de la modificación al artículo 86-D del CFF.
Puedes ver cuando entran en vigor estos cambios aquí.
El SAT puede exigir que los documentos tengan “fecha cierta”
En diciembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó una jurisprudencia que otorga al Servicio de Administración Tributaria (SAT) la facultad de exigir que los documentos privados del contribuyente tengan “fecha cierta”. Esto para que sean válidos durante el ejercicio de las facultades de comprobación de la autoridad.
El término “fecha cierta” hace referencia al requisito que da certeza jurídica a un documento, porque fue inscrito en el Registro Público de la Propiedad, a través de escritura pública o de la certificación de un notario público.
El buzón tributario podría usarse para otorgar “fecha cierta”
En este contexto, el vicepresidente de Fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), Héctor Amaya Estrella, dijo que la autoridad pide mucho la “fecha cierta” y consideró que los cambios en el buzón tributario están encaminados a otorgar “fecha cierta” a los documentos que se consignen a través de este medio.
Durante la conferencia de enero del IMCP, el especialista fiscal dijo que el buzón tributario trae todas las atribuciones para que en un momento dado la autoridad pida que los documentos probatorios que el contribuyente tenga los suba al buzón.
“Porque ya puedes subir contratos, documentos, lo que gustes al buzón tributario. Actualmente no es una obligación, es una posibilidad si tu quisieras tener la información ahí”, afirmó.
Por eso, Amaya Estrella considera que la autoridad fiscal busca, poco a poco, que en un momento dado se le pueda dar “fecha cierta” a determinados actos jurídicos que se consignen en el buzón.
Ejemplo de “fecha cierta” otorgada por usar el buzón
Por ejemplo, el contribuyente podría firmar un contrato con un proveedor en enero de 2019 y el SAT lo podría rechazar porque no tiene “fecha cierta”. Es decir, porque no hay evidencia de que un tercero dio fe de que sí se se firmó hace un año.
En este caso, el contribuyente podría decir que subió el documento al buzón tributario hace un año. Entonces podría tener “fecha cierta” porque informó al SAT a través de este medio en enero de 2019.
“Esa es la temática que se ve venir en cuanto al uso del buzón tributario a corto plazo”, adelantó el vicepresidente de Fiscal del IMCP.
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