En algunos casos, el SAT podría sancionarte por prestar tu tarjeta de crédito. Te decimos de qué se trata.
A veces, los lazos familiares pueden más que la razón y la lógica. Por eso, algunas personas le prestan su tarjeta de crédito a sus familiares o amigos. Y aunque ese familiar te pague puntualmente lo que gastó, el que prestó la tarjeta podría meterse en problemas con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) por ser un buen samaritano.
La discrepancia fiscal
Por prestar tu tarjeta de crédito el SAT podría someterte al procedimiento de discrepancia fiscal. Esto ocurre cuando el monto de las erogaciones del contribuyente (gastos, inversiones, pagos o depósitos) en un año son superiores a sus ingresos declarados. (Así lo establece el artículo 91, párrafos primero y séptimo, fracciones I y II, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).)
En caso de discrepancia fiscal, el SAT tiene que notificar el monto de las erogaciones detectadas. Además, le indicará al contribuyente qué información se utilizó para conocerlas, el medio por el cual se obtuvo y la discrepancia resultante.
Por ejemplo, si una persona declaró que tiene ganancias de 100 mil pesos, pero como prestó sus tarjetas tuvo gastos por 200 mil pesos, hay una discrepancia fiscal. Entonces, el contribuyente debe aclarar esta diferencia de 100 mil pesos. Si no puede hacerlo, deberá pagar el ISR correspondiente.
Por eso, es mejor no prestar las tarjetas. Aunque te paguen, sus gastos podrían causar problemas con el SAT.
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¿Cómo debe realizar el SAT la notificación de la discrepancia fiscal?
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