Los empleadores que decidan no pagar el aguinaldo podrían hacerse de una multa de entre 4 mil 224.50 y 422 mil 450 pesos.
El aguinaldo es una prestación laboral reconocida por la Ley Federal de Trabajo (LFT) en su artículo 87 como un derecho para todos los trabajadores. Según el Consejo Nacional Para Prevenir la Discriminación (Conapred), como la ley no hace ningún tipo de distinción o excepción alguna que excluya a algún grupo de recibirlo, su pago también es obligatorio en el caso de las trabajadoras domésticas.
El pago del aguinaldo tiene que hacerse antes del 20 de diciembre y no puede ser menor a 15 días de salario.
Si bien el derecho al aguinaldo de las trabajadoras domésticas ya estaba reconocido por la ley, el grupo de reformas en materia laboral publicado el 2 de julio de 2019 adicionó el articulo 334 bis, que explícitamente reconoce su derecho a lo siguiente:
- Vacaciones
- Prima vacacional
- Pago de días de descanso
- Acceso obligatorio a la seguridad social
- Aguinaldo
- Cualquier otra prestación que se pudieren pactar entre las partes.
Sin embargo, hay que decir, lo referente a la incorporación obligatoria al seguro social aún no entra en vigor. Su obligatoriedad podría empezar hasta octubre de 2020.
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¿Cómo calcularlo?
Una forma de calcular el aguinaldo es tomando en cuenta el salario mensual. Si una trabajadora doméstica gana 4 mil pesos al mes, hay que dividir 4 mil entre los días del mes, o sea 30. Lo anterior da como resultado 133 pesos de salario diario.
Como el aguinaldo debe ser de por lo menos 15 días de salario, tenemos que multiplicar el salario diario de 133 por 15, lo que nos da un aguinaldo de 2 mil pesos.
- 4,000/30 días = 133 pesos de salario diario
- (133 pesos)(15 días de salario) = 2,000 pesos
- 2,000 pesos de aguinaldo
Sin embargo, también se puede usar el siguiente método en caso de que la trabajadora doméstica no haya trabajado todo el año, para pagar el aguinaldo proporcional, ya sea porque la relación laboral sea reciente o porque tuvo faltas injustificadas.
Con este método, lo primero que hay que hacer es dividir el aguinaldo entre los 365 días del año. Si usamos el aguinaldo de 2 mil pesos del ejemplo anterior, obtenemos un aguinaldo diario de 5.47 pesos. La cantidad anterior hay que multiplicarla por el número de días laborados. Supongamos que fueron nueve meses (274 días). Así, habría que pagar un aguinaldo de 1,476.90 pesos por el tiempo laborado.
- 4000/30 días = 133 pesos de salario diario
- (133 pesos)(15 días de salario) = 2,000 pesos de aguinaldo.
- 2,000/365 días del año = 5.47 de aguinaldo diario
- (5.47 de aguinaldo diario)(274 días laborados) = 1,498.78 pesos de aguinaldo proporcional
- 1,498.78 pesos de aguinaldo proporcional, correspondientes a los días trabajados
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¿Qué pasa si no se paga el aguinaldo?
La LFT contempla que si el aguinaldo no se paga en tiempo y forma, el patrón se puede hacer acreedor a una multa de entre 50 y 5 mil unidades de medida y actualización (UMA), lo que a valores de 2019 equivale a entre 4 mil 224.50 y 422 mil 450 pesos.
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