el Contribuyente

Pagos por franquicias no serán deducibles, podría hacer quebrar a empresas

Nuevas medidas fiscales podría hacer quebrar a empresas

(Imagen: Shutterstock)

En 2020, el pago de regalías al extranjero por una franquicia ya no será deducible. Además, el tope a las deducciones podría hacer quebrar a algunas empresas.

Entre las modificaciones hechas a la Ley de Ingresos 2020, hay una muy importante al artículo 176 de Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).

Con este nuevo cambio, a partir de 2020, cualquier pago a un residente en el extranjero que grave el ingreso a una tasa menor a 22.5% ya no será deducible. En el caso de Estados Unidos, por ejemplo, la tasa a los pagos es de 13.125%. Entonces, ingresos por intangibles, pago de intereses a fondos de pensiones, regalías y otros ya no serán deducibles.

Según el estado de las modificaciones actualmente, esta media solamente aplicará a tasas menores a 22.5%. Pero también habrá excepciones de acuerdo con el país donde se encuentre la empresa matriz. Por esto, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tendrá que publicar reglas para aclarar estas excepciones.

¿Por qué implementaron estas medidas contra el pago de regalías al extranjero?

De acuerdo con los especialistas, la medida se basa en las recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Básicamente, la OCDE dijo que los países deben combatir la erosión de la base gravable. Una forma de hacer esto es evitando que las empresas paguen impuestos en países con tasas más bajas.

De acuerdo con Julio Beleki, presidente de la Asociación Mexicana de Franquicias, las franquicias mexicanas pagan, en promedio, 7% de regalías por sus ventas. Así que esta medida sí afectará a la gran mayoría de las franquicias. Además, la medida podría ahuyentar la inversión en franquicias extranjeras.

El límite a las deducciones

Dentro de los cambios fiscales propuestos para 2020, hay uno que podría pegarle a las empresas. El Gobierno federal propuso una reforma para implementar un límite a las deducciones de intereses de las empresas. La iniciativa dice que solamente podrán deducirse intereses equivalentes al 30% de la utilidad fiscal ajustada.

Según algunos especialistas, estas medidas podrían llevar compañías a la quiebra y generar juicios de amparo por inconstitucionalidad. De acuerdo con Gustavo Leal Cueva, socio del despacho fiscal Leal Benavides y Asociados, esto podría afectar todavía más a empresas con pérdidas. La propuesta no dice qué pasará con el límite de deducciones en estos casos. Así, se tendría que hacer lo que el SAT tenga establecido en sus reglas generales. Para los especialistas, esto podría darle cabida a la arbitrariedad de las autoridades.

Con información de Reforma.

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