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Así podrían quedar los supuestos sobre responsabilidad solidaria

Te decimos qué decidió el senado sobre la responsabilidad solidaria y a quién afecta.



Así quedará la ley sobre responsabilidad solidaria
(Imagen: Shutterstock)
14 noviembre, 2019

Una propuesta de la Miscelánea Fiscal para 2020 buscaba aumentar los escenarios en los que se pudiera usar la figura de la responsabilidad solidaria. Con esto, aunque los accionistas hayan cumplido, las autoridades fiscales podrían ir por sus recursos para cubrir las deudas de la empresa en liquidación. Esta iniciativa no fue bien vista por accionistas y empresarios.

La propuesta de ley dice que en muchos casos se utiliza la figura de liquidación o quiebra para evadir el pago de impuestos. Así, aumentar los supuestos de responsabilidad solidaria evitaría que las empresas se disuelvan sin hacer todos los pagos fiscales correspondientes.

Actualmente, las leyes dicen que los administradores, directores y gerentes generales solamente pueden ser responsables solidarios en cuatro casos:

  • Si la empresa no está inscrita ante el registro federal de contribuyentes (RFC).
  • Cuando cambian el domicilio fiscal o lo desocupan sin dar aviso.
  • Cuando no presentan las declaraciones a tiempo.
  • Si no son localizables.
  • La propuesta decía que se eliminarían todos estos supuestos. Así, los accionistas y directores serían responsables solidarios en todos los casos.

    Cómo quedó la ley sobre responsabilidad solidaria

    La iniciativa no fue bien vista por accionistas y empresarios. Por eso, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) se unió a ellos y recomendó que se acoten los términos de la responsabilidad solidaria en lugar de eliminarlos. En su momento, el senado siguió la recomendación de la Prodecon y acotó los casos.

    Al final, el senado agregó otros cinco casos además de los anteriores. Principalmente, se añadieron tres causas que tienen que ver con las facturas falsas.

    • Los directivos o socios que realicen operaciones inexistentes serán responsables solidarios.
    • También los que emitan facturas falsas por más de 7.8 millones de pesos.
    • Por último, los que hayan transmitido o disminuido pérdidas fiscales indebidamente.

    También añadieron dos causas operativas:

    • No enterar las contribuciones retenidas.
    • No ser localizable en el domicilio fiscal registrado.

    TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR:

    Prodecon propone acotar responsabilidad solidaria en lugar de eliminarla


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