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Sí te pueden despedir por tener un tatuaje

Aunque no tengas uno, seguramente te has preguntado si tu jefe te puede despedir por tener un tatuaje. Al parecer, sí puede… en algunos casos.



Sí te pueden despedir por un tatuaje
(Imagen: Shutterstock)
31 octubre, 2019

El día de ayer, la Suprema Corte de Justicia de la Nación le negó el amparo a un hombre despedido por tener un tatuaje. Al principio parecería una decisión extraña; es decir, parecería que la SCJN condona la discriminación. El problema es que el trabajador, en su primer día de trabajo, se presentó con un tatuaje de una cruz esvástica en el cuello.

La empresa le dijo que debía taparlo o quitárselo inmediatamente. El trabajador se negó, por lo que le rescindieron el contrato. Firmó su renuncia y le dieron una liquidación, pero demandó a la empresa reclamando que lo despidieron injustificadamente por su tatuaje.

El caso llegó a un tribunal colegiado de circuito donde se avaló la denuncia del empleado. Después llegó al a SCJN.

Sí te pueden despedir por un tatuaje

La Primera Sala decidió que cualquier persona tiene el derecho de tatuarse un símbolo nazi. Pero en este caso, los colaboradores y jefes del empleado eran judíos. Esto hace que el tatuaje, según la SCJN, se convierta en un discurso de odio, lo cual no está permitido.

El uso de la imagen de la suástica en un tatuaje, se insiste, exhibido en un específico contexto de presencia de personas de origen hebreo o religión judía que estarán en necesaria interrelación con la persona que porta el símbolo, no se queda en la categoría de un discurso ofensivo y oprobioso ya de por sí discriminatorio y exento de protección constitucional, sino que transita al carácter de discurso de odio, porque como se ha visto, representa un claro referente de una doctrina política que menosprecia la dignidad humana de dichas personas por motivos raciales; de ahí que la exhibición de dicho emblema en un centro de trabajo donde ya laboran personas que se identifican como judíos, más allá de la real intencionalidad de quien lo porta, sí genera el clima de discriminación y hostilidad que son inherentes al mensaje del mismo.

Al final, la empresa que despidió al hombre fue absuelta de pagar una indemnización por daño moral.

De acuerdo con la ministra Norma Lucía Piña, el empleado tiene derecho al libre desarrollo de su personalidad, esto implica tatuarse lo que sea. También tiene derecho a la libertad de expresión, y su tatuaje con ideas políticas es una forma de expresión. El problema es que este tatuaje representa un discurso de odio extremo y genera discriminación y no está protegido por la Constitución, y los afectados no tienen ninguna obligación jurídica de tolerarlo.

Con información de Factor Capital Humano.

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