Una de las posibles consecuencias de la Ley Antifactureras es que el SAT podrá sancionar a los contribuyentes por ausentismo.
La semana pasada, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular lo que se conoce como la Ley Antifacutreros. Aunque ya sabemos los principales problemas que el sector empresarial tiene con esta ley, parece que hay otras posibles consecuencias.
De acuerdo con Bernardo Elizondo Ríos, socio del despacho legal Adame y Elizondo Abogados, esta ley da tantas facultades al Servicio de Administración Tributaria (SAT) que podría sancionar a los contribuyentes por ausentismo. Según el experto, si un auditor del SAT visita el domicilio fiscal en horas laborables y no hay nadie, sería razón suficiente para cancelar sus sellos digitales y considerarlo como no localizable.
Esto llevaría a otros problemas. Por ejemplo, el contribuyente sería notificado por estrados. Si no ve esos avisos, dependiendo el caso, el SAT podría multarlo con un crédito fiscal. Pero como nunca se enteraría de ese crédito fiscal, no lo pagaría. Omitir el pago podría considerarse defraudación fiscal; si el monto es mayor a 7.8 millones de pesos, según la nueva ley, habría prisión preventiva sin derecho a fianza.
Todavía tenemos que esperar a ver los ajustes y aclaraciones que hagan a estas leyes. Así que, por ahora, no es seguro que esto vaya a pasar, pero es una posibilidad.
Con información de Reforma.
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