Ahora, el gobierno federal tendrá las facultades para espiar a defraudadores fiscales.
Este martes, la Cámara de Diputados aprobó una serie de reformas a las Leyes de Delincuencia Organizada, Seguridad Nacional y a los Códigos de Procedimientos Penales, Penal Federal y Fiscal de la Federación. Una de las consecuencias de esto es que la defraudación fiscal se considera delincuencia organizada.
Con esto, el gobierno federal podrá utilizar las facultades del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) para intervenir las comunicaciones privadas de los presuntos defraudadores fiscales.
Las reformas clasificarán como amenazas a la seguridad nacional a delitos como fraude, el contrabando y falsificación de facturas. Estos fueron añadidos a la lista del artículo 5 de la Ley de Seguridad Nacional (LSN), que incluye otros como:
- Actos tendentes a consumar espionaje, sabotaje, terrorismo, rebelión, traición a la patria, genocidio, en contra de los Estados Unidos Mexicanos dentro del territorio nacional;
- actos de interferencia extranjera en los asuntos nacionales que puedan implicar una afectación al
Estado mexicano; - actos que impidan a las autoridades actuar contra la delincuencia organizada;
- actos tendentes a quebrantar la unidad de las partes integrantes de la federación, señaladas en el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
- actos tendentes a obstaculizar o bloquear operaciones militares o navales contra la delincuencia organizada;
- actos en contra de la seguridad de la aviación;
- actos que atenten en contra del personal diplomático;
- todo acto tendente a consumar el tráfico ilegal de materiales nucleares, de armas químicas, biológicas y convencionales de destrucción masiva;
- actos ilícitos en contra de la navegación marítima;
- todo acto de financiamiento de acciones y organizaciones terroristas;
- actos tendentes a obstaculizar o bloquear actividades de inteligencia o contrainteligencia, y
- actos tendentes a destruir o inhabilitar la infraestructura de carácter estratégico o indispensable
para la provisión de bienes o servicios públicos.
¿Qué podrán hacer las autoridades contra los defraudadores?
Al incluirlos en esta lista, el CNI podrá solicitar en secreto la autorización para intervenir comunicaciones privadas. Esta solicitud debe ser justificada ante la autoridad judicial. Pará ello el monto defraudado deberá ser mayor a 7.8 millones de pesos. En este caso, las pruebas obtenidas solo pueden ser usadas para inteligencia.
Además, como también se incluyeron los delitos de contrabando y el uso de facturas falsas en crimen organizado, la Fiscalía General de la República (FGR) también podrá intervenir comunicaciones. En este caso, las pruebas sí pueden ser usadas como evidencia en un juicio.
Con información de Reforma.
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