La modificaciones a la norma NOM-184 brinda mejor calidad en los servicios, contratos justos a los usuarios cuando adquieren un servicio de telecomunicaciones.
La norma oficial mexicana NOM 184 SCFT 2018 integra obligaciones especificas para los proveedores de servicio de telefonía móvil y fija, internet, televisión de paga y equipos terminales (como impresoras o computadoras) para proteger a los usuarios de posibles cláusulas abusivas en los contratos. La norma entró en vigor el 4 de septiembre de 2019.
Con las nuevas modificaciones a la norma se busca brindar al consumidor mayor calidad en los servicios, contratos justos y herramientas que refuercen sus derechos al momento de adquirir un servicio o producto.
Los proveedores de servicios están obligados a registrar ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) los contratos de adhesión bajo los cuales comercializa sus actividades.
Un contrato de adhesión, según se establece en la Ley Federal de Protección al Consumidor, es un documento elaborado unilateralmente por el proveedor de un producto o servicio. En él se establecen los términos y condiciones aplicables a su adquisición, incluso cuando no contenga todas las cláusulas ordinarias de un contrato.
https://twitter.com/Profeco/status/1184589837292179456
¿Cómo protege la NOM 184 a los usuarios de telecomunicaciones?
La norma obliga a los proveedores de productos y servicios de telecomunicaciones:
- Los proveedores de servicios deben resolver dudas, aclaraciones, reclamos de forma gratuita y actualizada las 24 horas del día (excepto en establecimientos físicos).
- Al momento de contratar un producto o servicio, el proveedor tiene la obligación de proporcionar a través de medios físicos, electrónicos o digitales la información del contrato de adhesión y la carta de derechos mínimos de los servicios públicos de telecomunicación.
- Los usuarios por prepago que no hayan usado todo su saldo dentro del periodo deberán recibir el saldo restante al iniciar el próximo periodo de recarga.
- Las compañías telefónicas deberán bonificar a sus usuarios cuando se vean afectados por fallas del servicio.
- Ante reporte de robo o extravió del equipo, los prestadores de servicio no podrán realizar cobros durante 10 días.
- La compañía telefónica tiene que informarte si el equipo esta bloqueado sin ningún costo antes de adquirirlo.
- La garantía de servicios no debe ser menor a 90 días después de entregar el equipo. Antes cumplido el plazo, el usuario tiene derecho a que el equipo sea reparado sin costo.
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