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El clasificador de CFDI de Mi contabilidad desaparecerá en octubre: SAT

El clasificador de los CFDI de “Mi contabilidad” desaparecerá en octubre SAT

(Imagen: Shutterstock)

Hay quienes consideran que la eliminación del clasificador aumentará la carga administrativa para algunos contribuyentes.

En agosto, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) eliminó la información relacionada con el clasificador de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de Mi contabilidad”. Esto con la publicación de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2019

Algunos contribuyentes informaron que aún pueden seguir utilizando el clasificador de facturas. Pero el SAT informó a El Contribuyente que lo eliminarán a más tardar en octubre de 2019.

Ya no es necesario ingresar al clasificador de los CFDI

Por eso, la autoridad fiscal indicó que las personas físicas ya pueden aplicar lo establecido en la Primera Resolución de Modificación a la RMF 2019. Es decir para la presentación del pago provisional de ISR y definitivo de IVA, ya no es necesario que ingresen al clasificador.

Hay quienes consideran que el SAT eliminó el clasificador porque violaba el principio de autodeterminación de las contribuciones y ven la medida como algo positivo. Pero también hay quienes consideran que la eliminación del clasificador aumentará la carga administrativa para algunos contribuyentes.

El SAT otorgó la opción del clasificador de los CFDI en 2018 para la presentación de los pagos provisionales de ISR y definitivos de IVA a las personas físicas con actividades empresariales, profesionales y de arrendamiento. La excepción eran quienes utilizan la aplicación Mis cuentas y los dedicados exclusivamente a actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas y pesqueras.

Razones por las que el SAT eliminó el clasificador de los CFDI

El SAT ya eliminó la información referente al clasificador de los CFDI de Mi contabilidad, afirmó que el clasificador desaparecerá a más tardar en octubre, y señaló que la medida se debe a dos razones:

  1. Se observó que del 100% de las personas físicas que declaran sólo el 15% utilizaban el clasificador, y
  2. En ocasiones era compleja la selección de facturas no pagadas o no cobradas, o parcialmente pagadas o cobradas, según fuera ingreso o gasto.

Dependiendo del tipo de contribuyente resultaba una facilidad

De acuerdo con Rogelio Arizmendi Contreras y Lizeth Flores Delgado, integrantes de BHR Enterprise Worldwide México, una de las 10 firmas más importantes del país, el clasificador de los CFDI de Mi contabilidad es una facilidad dependiendo del tipo de contribuyente.

Los especialistas explicaron que para ciertos contribuyentes, como puede ser un doctor o alguien que tiene un inmueble y se dedica a arrendarlo, el aplicativo de Mi Contabilidad es bastante útil, porque presenta una preclasificación de los gastos y de los ingresos. Pero cuando los contribuyentes son más robustos y requieren más cumplimiento fiscal o estrategia ya no resulta tan útil.

Lo anterior se debe a que el clasificador contempla los ingresos y gastos que tienen CFDI en el periodo que se está declarando, y puede ignorar deducciones de otros periodos. Por ejemplo, si el contribuyente compró un auto y lo quiere hacer deducible, la preclasificación puede ignorar la compra del auto porque se realizó en otro periodo y no viene en la descarga de los CFDI.

Quienes usen Mi contabilidad seguirán sin enviar la contabilidad y la DIOT

Para fomentar su utilización, el SAT había ofrecido a las personas físicas dos facilidades si usaban el clasificador de los CFDI. Con el clasificador, los contribuyentes quedaban relevados de cumplir con las siguientes obligaciones:

  1. Ingresar de forma mensual su contabilidad electrónica a través del portal del SAT
  2. Presentar la declaración informativa de operaciones con terceros (DIOT)

Con la eliminación del clasificador hay contribuyentes que no saben si ahora sí tiene que enviar la contabilidad electrónica y la DIOT.

Sin embargo, la RMF 2019 vigente indica que los contribuyentes que determinen y presenten el pago provisional del ISR y el definitivo de IVA, del periodo de que se trate, en el aplicativo “Mi contabilidad”, seguirán relevados de cumplir con el envío de la contabilidad electrónica y la DIOT. Siempre y cuando emitan y reciban todos los CFDI de ingresos y gastos. [RMF 2019, regla 2.8.1.24.].

Las facilidades aplican para quienes tengan ingresos menores a 4 mdp

Las facilidades para no enviar la contabilidad electrónica y la DIOT aplican sólo para las personas físicas cuyos ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior no rebasen 4 millones de pesos (mdp). O para quienes inicien actividades en el ejercicio y estimen que sus ingresos obtenidos en el mismo no excederán de esa cantidad. [RMF 2019, regla 2.8.1.24.].


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