El Contribuyente
Síguenos
empty

El CCE sigue inconforme con la Miscelánea Fiscal 2020

El organismo empresarial no está de acuerdo con algunos cambios de la Miscelánea Fiscal 2020.



El CCE tiene problemas con la Miscelánea Fiscal 2020
(Imagen: Shutterstock)
25 octubre, 2019

Hoy en la madrugada, el pleno del Senado de la República aprobó la Miscelánea Fiscal 2020 con algunos cambios. Aunque ya muchos temas quedaron resueltos, Carlos Salazar Lomelín, presidente del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), todavía tiene su mira en dos puntos: la responsabilidad solidaria y la deducibilidad de intereses.

Responsabilidad solidaria

Bajo las leyes actuales del Código Fiscal de la Federación, cuando se lleva a cabo la liquidación de una sociedad mercantil, los socios y administradores quedan exentos de la responsabilidad solidaria sobre las obligaciones fiscales. Siempre y cuando hayan cumplido con sus declaraciones en tiempo y forma.

Cuando no se aplica la responsabilidad solidaria, los socios y administradores no deben pagar los adeudos del fisco con su propio patrimonio.

En la versión de la Miscelánea que se aprobó hoy, no se aplicará la responsabilidad solidaria a gerentes, directores, síndicos o administradores de las empresas. Además, se propuso que solamente se utilizará cuando se busque deliberadamente causar un perjuicio al fisco federal.

De todas formas, en la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo de Monterrey (Canaco) y el CCE siguen preocupados por este punto. Todavía deben revisar la redacción final, de lo contrario, podrían aplicar amparos, que es una alternativa que ya están investigando.

Deducibilidad de intereses

En este caso, el CCE no ha podido lograr que se elimine el límite de la deducibilidad de los intereses de las empresas internacionales. Por ahora, solamente lo lograron en las empresas nacionales.

El gobierno federal propuso una reforma para implementar un límite a las deducciones de intereses de las empresas. La iniciativa dice que solamente podrán deducirse intereses equivalentes al 30% de la utilidad fiscal ajustada.

La iniciativa dice que los límites a la deducción empezarán a partir de los 20 millones de pesos de intereses. Es decir,  este nuevo esquema solo aplicaría para cantidades mayores. Además, en este esquema no se tomarían en cuenta los pagos de intereses por deudas adquiridas para proyectos de infraestructura y construcción.

Otro punto importante es que si en el ejercicio actual no se pueden deducir todos los intereses, se podrá hacer en los tres siguientes hasta agotarlos.

Con información de Reforma.

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR:

Se salvan de desconexión: atenúan sanción a Facebook y Google en caso de no pagar IVA en México


Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia comercial, fiscal y laboral), la Agenda Inteligente (las noticias de negocios más relevantes) y a nuestro canal de YouTube.





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar

Hacienda apuesta por eficiencias recaudatorias y descarta reforma fiscal en 2025

¿Condominios y el SAT? Descubre si tu asociación civil está en regla (¡y evita multas!)

Confusión en el Subsidio al Empleo: ¿SE 2013 o SE 2024? Esto es lo que debes saber

Cuidado, patrones: La evasión fiscal en el IMSS te puede salir muy cara