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Diputados aprueban en lo general y particular la Miscelánea Fiscal 2020

La Cámara de Diputados aprobó el dictamen de la Miscelánea Fiscal 2020.



Aprueban en lo general y particular la Miscelánea Fiscal 2020
(Imagen: Shutterstock)
18 octubre, 2019

La Cámara de Diputados ya aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen de la Miscelánea Fiscal 2020. En lo general, se aprobó con 300 votos a favor, 127 en contra y dos abstenciones; en lo particular, se aprobó con 290 a favor, 123 en contra y sin abstenciones.

En la Miscelánea se reforman los siguientes códigos y leyes:

  • Ley del Impuestos Sobre la Renta (ISR).
  • Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
  • Código Fiscal de la Federación.
  • Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS).

Cambios a la Ley de ISR

  • En primer lugar, el 100% de la recaudación de ISR por concepto de enajenación de bienes inmuebles de personas físicas se destinará a estados y municipios. Actualmente, solamente se destina el 5%.
  • Se ampliará el plazo para limitar la deducción de intereses a 10 años y tomando en cuenta la inflación.
  • Eliminarán el ISR a ventas por catálogo y se creará un esquema simplificado para que los vendedores paguen impuestos.
  • También se hicieron algunos cambios para facilitar el pago de impuestos a quienes utilizan plataformas digitales para ofertas sus bienes.
  • Ampliarán el plazo para empezar a cumplir con las nuevas obligaciones.
  • Disminuirán la retención de ISR cuando el usuario proporcione su Registro Federal de Contribuyente.
  • En 2020 podrán emitir comprobantes simplificados.

Cambios a la Ley de IVA

  • Las sanciones solamente podrán ser llevadas a cabo por un administrador general del SAT.
  • No suspenderán a las empresas de plataformas digitales que no cumplan con sus obligaciones fiscales.
  • Las que operen en México, pero tengan residencia en el extranjero, deberán calcular el IVA de 16% cada mes.
  • Los servicios de publicidad y almacenamiento de datos no serán clasificados como servicios digitales.
  • Se utilizará un cálculo simplificado del impuesto cuando no puedan identificar los servicios gravados de los exentos.
  • Para la subcontratación o outsourcing, la retención de IVA será del 6%.

Cambios al CFF

  • Se suprimirá el artículo 90 Bis. El artículo habla de las multas para los concesionarios de alguna red pública de telecomunicaciones que no cumplan con bloquear la conexión a las plataformas digitales.
  • Se planteará un procedimiento especial para resolver la cancelación de certificados de sellos digitales.

Cambios a la Ley del IEPS

  • La tasa de actualización de IEPS a tabaco, alcohol y alimentos con alto contenido calórico tomará en cuenta la inflación y el impacto en la salud de la población.

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