A todo esto, ¿qué es la Ley Antifactureras?
Nos la pasamos hablando de la Ley Antifactureras todo el tiempo, pero muchos puntos no quedan claros, por ejemplo, que ni siquiera es una ley.
La Ley Antifactureras tiene a todos los empresarios nerviosos, pues plantea hacer de la defraudación fiscal un crimen equiparable a la delincuencia organizada y una amenaza contra la seguridad nacional.
Este martes, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular la llamada reforma penal fiscal. La iniciativa fue aprobada después de más de siete horas de discusión, con 276 votos a favor, 144 en contra y 30 reservas. Fue enviada al poder ejecutivo para su promulgación.
Aquí puedes leer una explicación detallada de cada cambio a las leyes.
A todo esto, ¿qué es la ley antifactureras?
- Código Nacional de Procedimientos Penales.
- Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.
- Código Fiscal de la Federación.
- Código Penal Federal.
- Ley de Seguridad Nacional.
Persigue tres delitos básicos
Compra y venta de facturas. Se refiere a comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.
Defraudación fiscal. De acuerdo con el CFF, comete el delito de defraudación fiscal quien con uso de engaños o aprovechamiento de errores, omita total o parcialmente el pago de alguna contribución u obtenga un beneficio indebido con perjuicio para el fisco federal. La omisión total o parcial de alguna contribución a que se refiere el párrafo anterior comprende, indistintamente, los pagos provisionales o definitivos o el impuesto del ejercicio en los términos de las disposiciones fiscales.
Se presume cometido el delito de defraudación fiscal cuando existen ingresos o recursos que provengan de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Defraudación equiparada. En este caso, se toman en cuenta las acciones de alguien que consigne en las declaraciones que presente para los efectos fiscales, deducciones falsas o ingresos acumulables menores a los realmente obtenidos o valor de actos o actividades menores a los realmente obtenidos o realizados o determinados conforme a las leyes.
En la misma forma será sancionada aquella persona física que perciba ingresos acumulables, cuando realice en un
ejercicio fiscal erogaciones superiores a los ingresos declarados en el propio ejercicio y no compruebe a la autoridad fiscal el origen de la discrepancia en los plazos y conforme al procedimiento establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Con información de Reforma.
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