🐶 ¿Tienes mascotas? Puedes ser sancionado si no cumples con estas obligaciones legales
Tener una mascota conlleva una gran responsabilidad, por lo que es importante estar informado respecto a los ordenamientos legales relacionados.
Tener mascotas conlleva una gran responsabilidad, y no solamente hacia el animal. También hay que cumplir cierta normatividad legal, por lo que es importante estar informado al respecto.
¿Qué obligaciones contiene la ley de la CDMX si tengo mascotas?
El artículo 26, de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, que compendia las infracciones contra la dignidad de las personas. Respecto a las mascotas, contempla como infracción que:
- Le cause a alguien una lesión que tarde más de 15 días de sanar.
La sanción en este caso será una infracción tipo D, arresto de 20 a 36 horas o de 10 a 18 horas de trabajo en favor de la comunidad, según dicta el articulo 31.
Por su parte, el artículo 27 habla sobre las infracciones en contra de la tranquilidad de las personas:
- Una de estas infracciones consiste en tener un animal sin adoptar medidas para impedir malos olores o la presencia de plagas, y así evitar molestias a los vecinos.
Cabe señalar que, si bien la Ley de Cultura Cívica de la CDMX considera lo anterior como una infracción, no contempla una sanción para la misma.
Algo muy importante es que todos los ciudadanos se sientan seguros, tanto en el lugar donde viven como donde conviven. Así, el artículo 28 trata las infracciones contra la seguridad ciudadana, este artículo contempla las siguientes reglas:
- Percutir armas de postas, diábolos, dardos o municiones contra personas o animales.
- Las personas propietarias o poseedores de un animal deben tomar las medidas de precaución necesarias, como pasearlos con correa, para impedir que pueden transitar de manera libre a la hora de sacarlos a pasear. Estas medidas dependen de las características particulares del animal. El objetivo es prevenir ataques a otras personas o animales.
- También contempla sancionar a las personas que participen de cualquier manera en peleas de animales.
Si tienes una mascota, también podrías verte afectado por las siguientes infracciones contra el entorno urbano de la ciudad, contenidas en el artículo 29:
- No recoger del espacio público las heces de un animal tanto de su propiedad como bajo su custodia, así como tirar o abandonar dichos desechos fuera de los botes de basura.
- Arrojar, tirar o abandonar en el espacio público animales muertos, desechos, objetos o sustancias.
Las sanciones que aplican tanto para las infracciones contra el entorno urbano de la ciudad, como las infracciones contra la seguridad ciudadana, pueden ser multas de entre 929.39 y 3 mil 379.6 pesos, arresto de entre 13 y 24 horas, o trabajo comunitario de entre 6 y 12 horas.
Se puede presentar la situación en donde, si la persona es jornalera, obrera o trabajadora, no se podrá multar con un mayor importe de su jornada o salario obtenido en un día. Sin embargo, si trabaja pero no cuenta con un salario, la multa no excederá del equivalente a un día de su ingreso.
La persona juzgadora, dependiendo de la gravedad de la infracción podrá imponer como sanción la amonestación, cuando en el registro del juzgado no existan antecedentes.
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