Mejora tu pensión con la Modalidad 40 del IMSS
Los trabajadores que cotizan en la Ley del IMSS de 1973 y quieren mejorar la pensión que recibirán, pueden acogerse a la Modalidad 40 del IMSS.
¿Qué es la Modalidad 40?
La Modalidad 40 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es un esquema especial de aportaciones voluntarias para mejorar la pensión de retiro. El modelo se creó para los que cotizan en el IMSS bajo la ley de 1973 y fueron dados de baja, pero han seguido teniendo actividad económica.
La Modalidad 40 del IMSS es para quienes quieran mejorar su pensión mediante aportaciones voluntarias. Ésta puede ser de utilidad para quien no tenía un buen salario al momento de cotizar o fue dado de baja.
En este sentido, la Modalidad 40 dice que cada treinta días debe hacerse un pago equivalente al 10.075% del salario con el que deseen cotizar.
El esquema se suspende si se dejan de pagar las cuotas por dos meses consecutivos.
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¿Cuáles son los requisitos?
Para acceder a esta modalidad, se deben cumplir los siguientes puntos:
- No cotizar actualmente bajo ningún régimen del seguro social
- En los últimos cinco años, contar con por lo menos 53 semanas cotizadas, con uno o varios patrones
- No pueden haber pasado más de cinco años desde la última relación de trabajo
En cuanto a documentos, necesitas los siguientes:
- Solicitud de inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio
- Número de seguridad social
- Identificación oficial con fotografía y firma
- Comprobante de domicilio
- Recibo de pago de la cuota obrero patronal correspondiente
Puntos a tener en cuenta
En primer lugar, bajo este esquema no se tiene acceso a los servicios médicos del IMSS. Es decir, no habrá consultas médicas sin costo, como es el caso de otros trabajadores. Cuando se llegue a la pensión, se recuperará este derecho.
A lo que sí tienes derecho es al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a incrementar las semanas cotizadas, a las aportaciones de la Afore y mejorar tu salario de cotización.
La Modalidad 40 está pensada para los que cotizan bajo la ley de 1973. Para los que cotizan bajo la otra ley, este esquema solamente sirve para completar las mil 250 semanas que establece la Ley del Seguro Social para poder pensionarse mediante la Afore.
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