Es ilegal que el SAT niegue la devolución de IVA porque un proveedor no enteró el impuesto
Un tribunal determinó que si un proveedor no enteró el impuesto, no se trata de una irregularidad que le sea imputable al contribuyente.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) negó la devolución de saldo a favor del impuesto al valor agregado (IVA) de un contribuyente. Esto con el único argumento de que un proveedor no enteró el impuesto correspondiente.
Sin embargo, un tribunal consideró ilegal la resolución de la autoridad fiscal. Porque no existe precepto legal que obligue al contribuyente a verificar dicho dato, ni se trata de una irregularidad que le sea imputable.
Por eso, el órgano jurisdiccional determinó que el argumento de la autoridad no puede restarle eficacia legal a los comprobantes del contribuyente.
Lo anterior se debe a que en todo caso, se trata de una irregularidad cuyos efectos inmediatos sólo recaen en el proveedor, derivado del incumplimiento en que incurrió. Esto al tratarse de una obligación que se encuentra únicamente a cargo de éste. [Ley del IVA (LIVA) 1].
Esto lo determinó el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito al resolver un recurso de revisión fiscal. Y la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) retomó este criterio jurisdiccional y lo publicó en su portal de internet.
Puedes revisar este criterios jurisdiccional aquí / Año: 2019 / Con este criterio de búsqueda: IVA. Es ilegal la negativa de devolución de saldo a favor / Clave: 58/2019 / Publicación: 23 de agosto de 2019.
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