el Contribuyente

La e.firma sí es indispensable para obtener opinión de cumplimiento o 32D

Varios contribuyentes se han quejado últimamente de que no pueden obtener su opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales.

Anteriormente se podía obtener la opinión de cumplimiento al usar el RFC y la contraseña, o bien con la e.firma. De hecho la regla 2.1.39. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2019 dice que sí puede obtenerse la opinión de cumplimiento con cualquiera de estas dos alternativas. Sin embargo, según varios usuarios han comentado en nuestras redes, desde hace unos días ya no es posible descargarla usando el RFC y la contraseña; ahora sólo se puede usando la e.firma.

Le preguntamos a un asesor del Servicio de Administración Tributaria (SAT) a través del chat de atención personalizada.

El asesor del SAT nos confirmó que ya no es posible obtener la opinión de cumplimiento únicamente con el RFC y la contraseña. También es necesario contar con la e.firma para bajar el documento del sitio del SAT.

Así, los pasos para descargar la opinión de cumplimiento quedan de esta manera. Si lo que buscas en hacer pública la también llamada 32D, considera esto. Y si encuentras alguna inconsistencia, aquí la puedes aclarar.

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR:

Hay nuevos requisitos para obtener una opinión de cumplimiento positiva

¿A qué se debe la confusión?

En el Anexo 1-A de la RMF de 2019, vemos que las condiciones para consultar la opinión de cumplimiento de obligaciones incluye tener tanto la contraseña como la e.firma. Pero el Anexo 1-A de la RMF de 2018 dice que las condiciones son contar con la contraseña o la e.firma. Es decir, la condición antes era tener alguna de las dos, mientras que ahora hay que contar con ambas. Lo extraño es que fue a partir de hace unos días que el portal del SAT ya lo exige.


Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral), a la Agenda Inteligente (las noticias de negocios más relevantes).

Salir de la versión móvil