Una autoridad fiscal es cualquier representante del poder público que puede recaudar impuestos e imponer multas y sanciones en materia fiscal.
Tanto la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) son los dos ejemplos más usuales de una autoridad fiscal. Pero además de estas dos, varias entidades también pueden ser autoridades fiscales. Aquí te decimos cuáles son las características en común entre todas ellas.
¿Qué es un autoridad fiscal?
Son las entidades públicas que se encargan de determinar, liquidar y recaudar contribuciones. Para esto, cuentan con facultades para vigilar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y aplicar sanciones para garantizar el pago de los créditos fiscales.
Estas son las autoridades fiscales a nivel federal:
- Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS),
- Instituto Nacional para el Fondo de la Vivienda de los Trabajadores (Infonavit),
- Comisión Nacional del Agua (Conagua),
- Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
- Servicio de Administración Tributaria,
- Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco),
- Secretarías de Finanzas o Tesorerías de las entidades federativas.
¿Cuáles son sus facultades?
En primer lugar, las autoridades fiscales se encargan de exigir el cobro de impuestos. Para cumplir con este objetivo cuentan con el procedimiento administrativo de ejecución (PAE). Algo que hay que entender del PAE es que su autorización no depende de otras entidades del poder judicial, y que solamente se usa para obligar al contribuyente a pagar un impuesto; es decir, no es un método de resolución de controversias.
Para que inicie un PAE, se deben cumplir estos requisitos:
- Que exista la obligación del contribuyente de pagar un impuesto determinado,
- no se haya pagado,
- se haya notificado al contribuyente, y
- que haya transcurrido el plazo par pagar.
Además del PAE, otra facultad de las autoridades fiscales es la de imponer multas y sanciones a los contribuyentes. Entre estas sanciones económicas se encuentran los conceptos de recargos, actualizaciones y gastos de ejecución.
El recargo se refiere a la indemnización por no pagar el impuesto a tiempo. La actualización es el valor real de la cantidad que se dejó de pagar, o la pérdida del poder adquisitivo del peso a través del tiempo como consecuencia de la depreciación y la inflación. Por último, los gastos de ejecución son lo que le costó a la autoridad obligar al contribuyente a pagar.
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