el Contribuyente

Paso a paso: Descarga la opinión de cumplimiento del SAT o carta 32-D

(Imagen: Shutterstock)

La opinión de cumplimiento es necesaria si quieres ser proveedor del gobierno y algunas empresas también la están pidiendo para hacer negocios con ellos. Te explicamos cómo obtenerla.

Sí, ya sabemos. Quieres ser proveedor del gobierno… pero te pidieron tu opinión de cumplimiento del SAT. Aquí te señalamos los pasos para obtener la también llamada carta 32-D.

Esto es en referencia a ese artículo del Código Fiscal de la Federación (CFF), que prohíbe al gobierno realizar contratos con quienes no estén al corriente con sus obligaciones fiscales. De acuerdo a la ley, esta carta solo te la deben pedir para contratos por montos superiores a 300 mil pesos sin IVA. Sin embargo, las mayoría de las dependencias la solicita al momento de darte de alta en su padrón de proveedores. Incluso hay empresas privadas que también la solicitan. Así que no te extrañe si te la piden, porque es perfectamente legal hacerlo.

Advertencia: Si la opinión te sale negativa, no te servirá. Tendrás que ponerte al corriente en tus contribuciones, multas y recargos y esperar a que el SAT actualice tu información.

Para descargar la opinión de cumplimiento entra a la página del SAT, y abre el menú “Otros trámites y servicios”.  Ahora haz clic en “Consulta tu opinión de cumplimiento de obligaciones”. Si esta opción no te aparece en el primer menú, da clic en “Ver más” , luego da en “Opinión de cumplimiento” y después da clic en “Consulta tu Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales”

En la página siguiente, donde aparece el fundamento legal, los requisitos y más información, ve hasta abajo y da clic en “Iniciar”.

Para hacer el trámite asegúrate de tener RFC, contraseña y e.firma. Para usar la firma electrónica recuerda tener a la mano los archivos que la integran: punto key, punto cer y la contraseña de clave privada. No te desesperes si sólo aparece una pantalla en blanco: espera hasta que se despliegue el PDF.

La carta 32-D tiene un folio único, tu RFC y el nombre, denominación o razón social. Y abajo viene lo importante: si la opinión es positiva o negativa. En la parte inferior tiene un código QR para validar la información y evitar que el documento sea alterado. Al escanear el código te abrirá una imagen (como aparece en pantalla) con el sentido de la opinión, así que ni intentes modificar el documento.

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Si es positiva, la carta dirá: En los controles electrónicos institucionales del Servicio de Administración Tributaria, se observa que en el momento en que se realiza esta revisión, se encuentra al corriente con las obligaciones relacionadas con la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes, la presentación de declaraciones y no se registran créditos fiscales firmes a su cargo, por lo anterior se emite opinión positiva. El ejemplo lo ves en pantalla.

Ahora si la opinión es negativa, como también este ejemplo que aparece en pantalla, la carta dirá: En los controles electrónicos institucionales del Servicio de Administración Tributaria, se detectan inconsistencias, omisiones o la posible existencia de créditos fiscales firmes a su cargo, relacionados con la obligación de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes, la presentación de declaraciones y créditos fiscales, por lo anterior se le informa que a la fecha, su situación fiscal no se encuentra al corriente en el cumplimiento de obligaciones. Abajo aparecerá una tabla con tus obligaciones incumplidas.

Advertencia: Si no realizaste a tiempo una obligación es probable que aparezca como incumplida y tendrás que esperar a que el SAT actualice la información o presentar una aclaración a través de tu buzón tributario.

Si la carta salió negativa y te pones al corriente con las obligaciones pendientes, el SAT se llega a tardar hasta 15 días en actualizar la información para que tu opinión de cumplimiento salga positiva. Ahora sí, con tu Carta 32D positiva en mano, prepárate para cumplir los otros mil requisitos que te pide el gobierno para ser su proveedor.

¡Suerte!


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