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¿Cómo constituir una sociedad mercantil?

Aquí te decimos los requisitos y pasos para constituir una sociedad mercantil.



¿Cómo constituir una sociedad mercantil?
(Imagen: Shutterstock)
11 julio, 2019

En nuestro artículo sobre sociedades mercantiles te dijimos que la Ley General de Sociedades Mercantiles reconoce siete tipos diferentes:

Ahora te diremos cómo constituir una sociedad mercantil.

Los primeros pasos

De acuerdo con el artículo 5 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, las sociedades deben constituirse ante notario y de esta misma forma deberán hacerse constar sus modificaciones. El notario no podrá autorizar la escritura cuando los estatutos establecidos en los documentos de la sociedad o sus modificaciones sean contrarios a lo establecido por la leyes mercantiles.

El artículo 6 establece los requisitos de la carta constitutiva:

  • Los nombres, nacionalidad y domicilio de las personas físicas o morales que constituyan la sociedad;
  • El objeto de la sociedad;
  • Su razón social o denominación;
  • Su duración, misma que podrá ser indefinida;
  • El importe del capital social;
  • La expresión de lo que cada socio aporte en dinero o en otros bienes; el valor atribuido a éstos y el criterio seguido para su valorización. Cuando el capital sea variable, así se expresará indicándose el mínimo que se fije;
  • El domicilio de la sociedad;
  • La manera conforme a la cual haya de administrarse la sociedad y las facultades de los administradores;
  • El nombramiento de los administradores y la designación de los que han de llevar la firma social;
  • La manera de hacer la distribución de las utilidades y pérdidas entre los miembros de la  sociedad;
  • El importe del fondo de reserva;
  • Los casos en que la sociedad haya de disolverse anticipadamente, y
  • Las bases para practicar la liquidación de la sociedad y el modo de proceder a la elección de los liquidadores, cuando no hayan sido designados anticipadamente.

Las particularidades

Después de estos puntos básicos, cada tipo de sociedad tiene requisitos diferentes.

Sociedad de Responsabilidad Limitada  (S. de R.L.)

  • Denominación o razón social.
  • Nombre e identificación de los socios.
  • Redacción de los estatutos sociales.

Sociedad anónima

  • Mínimo dos socios como y que cada uno de ellos suscriba una acción por lo menos.
  • El contrato social debe establecer el monto mínimo del capital social.
  • Que se exhiba en dinero efectivo, cuando menos el veinte por ciento del valor de cada acción pagadera en numerario.
  • Que se exhiba íntegramente el valor de cada acción que haya de pagarse, en todo o en parte, con bienes distintos del numerario.

Sociedad en comandita por acciones

  • Que existan dos socios como mínimo, y que cada uno de ellos suscriba una acción por lo menos; en caso de que se integre únicamente por dos socios, éstos serán uno comanditado y el otro comanditario.
  • Que el capital social no sea menor de $50,000 y que esté íntegramente suscrito.
  • Que se exhiba en dinero en efectivo cuando menos el 20% del valor de cada acción pagada.

Sociedad por Acciones Simplificadas.

  • Nombre, documentos de identidad y domicilio de los accionistas.
  • Razón social seguida de las palabras “sociedad por acciones simplificadas” o sus siglas S.A.S.
  • Domicilio principal de la sociedad y el de las distintas sucursales que se establezca en el mismo acto de constitución.
  • Una enunciación clara y completa de las actividades principales de la sociedad.
  • El capital autorizado, suscrito y pagado, la clase, número y valor nominal de las acciones representativas del capital y la forma y términos en que éstas deberán pagarse.
  • La forma de administración y el nombre, documento de identidad y las facultades de sus administradores.

Sociedad en Nombre Colectivo (S. en N.C.)

  • Debe haber socios capitalistas y socios industriales. Los primeros aportan el capital mientras los segundos contribuyen con su trabajo y reciben un sueldo.
  • La razón social debe formarse con el nombre de uno o más socios.
  • Se necesitan por lo menos existan dos socios.

Sociedad por comandita simple

  • Debe tener un mínimo de dos socios y contar con comanditados y comanditarios.
  • Razón social; el socio que preste su nombre será considerado el comanditado.
  • No existe un mínimo de capital social.

Sociedad cooperativa

  • Se necesita un mínimo de cinco socios.
  • Capital variable y duración indefinida.
  • Igualdad en derechos y obligaciones de los socios.

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