Al fin, el home office estará regulado por la ley federal
El senado ya aprobó una serie de modificaciones a la Ley Federal del Trabajo para regular el home office.
Se conoce como home office o teletrabajo cuando un empleado labora desde su casa, sin la vigilancia directa de su jefe. Esta práctica es muy común en México y se aplica con los acuerdos de palabra que se dan entre el trabajador y su empleador. Esta situación se presta a malos entendidos, entre otros conflictos. Ahora ya estará regulada por la ley federal, lo que dará más certeza jurídica a este tipo de esquemas, tanto al empleado como a su jefe.
En junio pasado, el senado aprobó por unanimidad una modificación al artículo 311 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). Además añadieron un capítulo, (el XII Bis), dedicado a exclusivamente al home office.
¿Cuál es la novedad?
Gracias a las modificaciones a la LFT, se introducen distinciones entre la prestación de servicios profesionales y el teletrabajo.
Quien presta servicios profesionales independientes es una persona física sin una relación laboral con un patrón. Esto significa que quien adquiere estos servicios no genera las mismas obligaciones constitucionales en materia de seguridad social que un patrón sí. Es decir, quien adquiere los servicios no está obligado a inscribirlo al IMSS ni pagar cuotas del Infonavit, por ejemplo.
En cambio, de la persona que hace home office o teletrabajo la ley sí dice que labora para un patrón. Esto quiere decir que sí hay relación laboral y las obligaciones anteriores sí se generan.
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Lo que dice la ley
Las principales consideraciones establecidas en el capítulo XII Bis son:
- El teletrabajo no requiere la presencia física del trabajador en un sitio particular. Pero debe usar como soporte telecomunicaciones para mantenerse en contacto con el empleador.
- El teletrabajador debe gozar de un trabajo decente, e igualdad a los trabajadores presenciales en cuanto a remuneración, capacitación, formación, seguridad social y acceso a mejores oportunidades laborales.
- Las obligaciones del patrón y el trabajador en materia de salud, seguridad y previsión de riesgos deberán constar en una norma oficial.
- Las autoridad establecerá una red
nacional de asesoría, promoción y fomento del teletrabajo. Esto para facilitar la inclusión laboral de jóvenes, mujeres, personas con discapacidad y adultos mayores. - A partir de la entrada en vigor de las modificaciones, el poder ejecutivo tendrá un año para publicar la norma.
Las modificaciones entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Aunque aún no han sido publicadas, se espera que se haga pronto, pues fue apoyada por los legisladores de Morena, el partido del actual presidente, Andrés Manuel López Obrador.
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