¿UMA o el salario mínimo? ¿Cómo se deben calcular las pensiones?
La UMA se introdujo en sustitución del salario mínimo como unidad de medida. Sin embargo, las pensiones podrían ser la excepción.
En 2016 se introdujo la unidad de medida y actualización (UMA) con la finalidad de desindexar el salario mínimo del cálculo de diversas obligaciones. Anteriormente, cuando subía el salario mínimo también aumentaba el pago de obligaciones como impuestos y multas. Ahora, gracias a la UMA, ya no ocurre esto.
De hecho, la ley (el artículo 26, inciso B, de la Constitución Mexicana) establece que la UMA será la unidad de medida para calcular todas las obligaciones y supuestos contenidas en las leyes federales y de las entidades federativas. Resultaría razonable pensar entonces que también debería usarse para el cálculo de las pensiones.
Sin embargo, la misma Constitución (en el artículo 123, inciso B, fracción VI) dice que el salario mínimo no puede ser usado como unidad de medida “para fines ajenos a su naturaleza”. Es decir, está implícito que sí puede usarse en cosas en el ámbito de su naturaleza, como el cálculo de pensiones.
A principios de 2017, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) determinó que se usaría la UMA en la integración y en el tope máximo del salario base de cotización (SBC). Asimismo, se acordó que la UMA se usaría en el cálculo de las cuotas obrero patronales del seguro de enfermedad y materinad. En cambio, los salarios mínimos únicamente se usan para el cálculo de las pensiones mínimas.
¿Conviene calcular las pensiones así?
De acuerdo a un análisis de la asociación de corredores de seguros Lockton, hacerlo así tiene varias virtudes. Si calculamos en salarios mínimos la pensión máxima de los jubilados con la Ley de 1973, ésta sería de más de 78 mil pesos. En cambio, al calcularla con la UMA, es de más de 64 mil pesos.
Como de acuerdo a la Ley de 1973 la pensión no depende del monto acumulado por el trabajador (como sí ocurre actualmente), sino que depende del salario cotizado durante los últimos cinco años, determinar las pensiones con el salario mínimo acarrearía compromisos financieros incosteables.
Sin embargo, podría ser ilegal
Según una tesis del Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, la UMA no debería usarse para calcular pensiones. El tribunal se basa precisamente en el 123 constitucional. Argumenta que la UMA no implica que el salario mínimo no deba usarse para calcular las pensiones.
Sólo es la punta del iceberg
De acuerdo a Roberto Rocha, miembro de la Asociación Mexicana de Actuarios Consultores (AMAC, que el lunes 1 y 2 de julio celebrará su Seminario Retiro y Salud), la discusión respecto a las unidades de medidas es, de cierta forma, superficial. Rocha reconoce que la adopción de la UMA puede contribuir a mitigar el pasivo del seguro social, aunque soslaya el problema de fondo.
“¿Y ese sistema resuelve el problema que tenemos de envejecimiento y necesidad de fuentes de ingreso para el retiro? Más que enfrascarnos en si son UMA o salarios mínimos, deberíamos preguntarnos si el sistema actual resuelve el problema”, reflexiona Roberto Rocha, de la AMAC.
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