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Persona física: tienes este mes pagar la PTU. Agéndalo

Agéndalo: personas físicas pagan PTU

(Imagen: Shutterstock)

Después de presentar la declaración anual de las personas físicas, éstas deben pagar a sus trabajadores la repartición de utilidades. Tienen este mes para hacerlo.

La llamada repartición de utilidades, o Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), debe entregarse a más tardar dentro de los 60 días siguiente a la fecha límite de la declaración anual.

Para los patrones que sean personas físicas, la repartición de utilidades se debe pagar a más tardar el 30 de junio. Ya que su límite para hacer su declaración fue el 30 de abril. Aunque aún podrías tener una devolución si presentas tu declaración antes del 31 de julio, el pago de la PTU no deja de ser obligatorio en estas fechas. Recuerda que, así tengas una o mil empleados, estás obligado a pagar la repartición de utilidades o podrás recibir una multa.

Para los RIF, los que están bajo el Régimen de Incorporación Fiscal, tienen hasta el 29 de junio. (Así está establecido en la Regla Miscelánea 2019 3.13.21.)


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