el Contribuyente

El SAT aplica más candados a pagos por cuenta de terceros

malas prácticas de pagos por cuenta de terceros

(Imagen: Shutterstock)

La RMF 2019 introdujo más candados para combatir las malas prácticas relacionadas a los pagos por cuenta de terceros.

Prácticamente cualquier empresario se ve en la necesidad de, en uno u otro momento, pedirle a un colaborador que haga una compra en su nombre. Nadie es omnipresente, nadie puede estar en todos lados. A este tipo de operaciones, técnicamente se le llaman pagos a cuenta de terceros.

Esto puede funcionar de dos formas. La primera es que el contribuyente le dé al tercero el dinero para hacer el gasto antes de hacerlo. La segunda, que el tercero haga el gasto de su bolsa y el contribuyente lo reembolse después.

Los contribuyentes abusaban de la falta de regulación

Hace tiempo, los contribuyentes en el segundo podían justificar deducciones extemporáneamente. La legislación requiere que, para poder hacer una deducción, el contribuyente cumpla ciertos requisitos. Por ejemplo, que tenga el CFDI que ampare la compra y que, si excede los 2 mil pesos, ésta se haga por un medio bancarizado, como cheque nominativo o tarjeta bancaria. Esto quiere decir que si una empresa usa un medio de pago no contemplado, como efectivo, no puede hacer la deducción.

Sin embargo, algunos contribuyentes aprovechaban la ausencia de regulaciones en los pagos por cuenta de terceros para revertir la situación. Un contribuyente que había hecho una erogación en efectivo posteriormente podía usar un medio bancarizado para simular el reembolso al tercero. Como el contribuyente supuestamente hizo la compra indirectamente, podía cumplir con el requisito de medios de pago hasta después.

El único candado que había era que el monto del reembolso al tercero fuera igual al del gasto deducido. De hecho, los contribuyentes incluso usaban cuentas por pagar a nombre de otras personas para justificarlo. Es decir, el contribuyente pagaba sus deudas simulando un reembolso con motivo de un pago por cuenta de terceros. Así, a la vez que pagaban su deuda, garantizaban la  deducción. Con tal que ambos montos fueran iguales, bastaba.

La autoridad empezó por introducir algunos candados

Para evitar este tipo de simulaciones, la autoridad requirió que el tercero pidiera el CFDI que ampara la compra con el RFC del contribuyente. De esta forma se evitaba que el contribuyente pudiera simular en una fecha posterior. El comprobante fiscal, se entiende, cuenta con la fecha con en la que se hizo la compra, así como el RFC del contribuyente a nombre de quien se hizo ésta.

La autoridad introdujo un nuevo candado a pagos por cuenta de terceros

Un tema que quedaba pendiente ocurría cuando se daba el dinero previamente al tercero. El monto dado bien podía ser mayor que el gasto, con lo que quedaría un remanente. Así, ahora existe la obligación por parte del tercero de regresarlo al contribuyente en a más tardar 60 días. De lo contrario, el recurso podrá ser considerado un ingreso acumulable y, por ende, se tendrá que pagar ISR por él.


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