Para que un sindicato pueda firmar un contrato colectivo de trabajo o emplazar a huelga, necesita una constancia de representatividad.
Un líder sindical recorre una colonia comercial. Observa las fachadas de los negocios. Le llama la atención una que le parece particularmente próspera. Sopesa el nivel de su operación con base en la clientela y el inventario que logra apreciar. Anota su nombre. Apenas regresa a su oficina, elabora un emplazamiento a huelga para la empresa que ni siquiera sabía que existía hace unas horas. La Junta de Conciliación y Arbitraje revisa si ésta tenía algún contrato colectivo. Al constatar que no hay ninguno, le notifica que estallará una huelga y deberá detener su operación. El líder sindical contacta al empresario. “Si no quieres cerrar tu negocio, paga”, le dice.
Podrías pensar que es una historia de ficción, pero la legislación vigente en México permitía que casos así sucedieran. Fue hasta el 24 de febrero de 2017 que se modificó la Constitución (artículo 920, fracción IV). Así, el emplazamiento a huelga con motivo de contratos colectivos requirió que Conciliación y Arbitraje verificara que el sindicato tenía trabajadores en la empresa. Anteriormente el emplazamiento a huelga podía pasar, y en lo que se verificaba si había trabajadores del sindicato o no, la empresa tenía que suspender sus operaciones. Muchos empresarios preferían pagar a los líderes sindicales extorsionadores en lugar de tener que parar su negocio.
TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR:
Ya está listo el protocolo para los contratos colectivos de los sindicatos
Los vicios del sindicalismo mexicano
Un sindicato es una organización cuyo objetivo es velar por los intereses de los trabajadores. Sin embargo, por las características de la legislación anterior, muchos no cumplían con sus funciones. Dos de estos vicios históricos son las huelgas de extorsión (como la relatada arriba) y los contratos de protección.
¿Qué es un contrato de protección?
Los contratos de protección ocurrían cuando los líderes sindicales negociaban con el patrón el contenido del contrato colectivo “en lo oscurito”. Así, las condiciones pactadas podrían no convenir a los trabajadores.
Los contratos colectivos de trabajo contienen información importantísima para los trabajadores. Por ello es de suma importancia que su negociación se transparente.
De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo (LFT, artículo 391), en ellos se establecen cosas como:
- la duración de las jornadas de trabajo,
- los días de descanso y vacaciones,
- y el monto de los salarios.
Con la finalidad de erradicar ambos fue que la reforma laboral aprobada el 1 de mayo de 2019 introdujo la figura de la constancia de representatividad.
¿Qué es la constancia de representatividad?
Para que un sindicato pueda firmar un contrato colectivo o iniciar el proceso de huelga con este motivo, debe contar con una constancia de representatividad. Esta trata de garantizar el sindicato realmente represente a los trabajadores de la empresa.
¿Cómo se obtiene la constancia de representatividad?
El artículo 390 Bis de la LFT establece el procedimiento con el que un sindicato puede obtener la constancia. El procedimiento consiste en lo siguiente:
- El o los sindicatos interesados deben hacer la solicitud ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. Ésta debe contener una lista que acredite que cuenta con el apoyo de al menos el 30% de los trabajadores cubiertos por el contrato colectivo. El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral deberá dar su visto bueno.
- El patrón deberá hacer visible el aviso de la solicitud de la constancia en los lugares más visibles del lugar de trabajo.
- Si sólo un sindicato hizo la solicitud, bastará el respaldo del 30% de los trabajadores. Si más de un sindicato con el respaldo del 30% correspondiente hizo la solicitud, se celebrarán elecciones libres y secretas.
- Un funcionario autorizado por la autoridad, velará que las votaciones se hagan sin contratiempos también hará el cómputo de los sufragios.
- El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral resolverá sobre la procedencia de la solicitud.
Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral), a la Agenda Inteligente (las noticias de negocios más relevantes).