el Contribuyente

La prima del seguro de riesgos de trabajo del IMSS se ve afectada por accidentes, no por enfermedades

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Foto: Shutterstock

El cálculo de la prima se ve afectado por los accidentes laborales, pero no por las enfermedades.

Es obligación para los patrones revisar anualmente su siniestralidad, para determinar si permanece, disminuye o aumenta su prima del seguro de riesgos de trabajo, que es una cuota que deben pagar, como una forma de asegurar a sus empleados ante accidentes en el entorno laboral (Ley del Seguro Social 74).

En ese contexto, a criterio de la Sala Regional del Pacífico-Centro, del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), es ilegal la rectificación de la prima realizada por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), si al emitirla consideró la totalidad de días de incapacidad de un trabajador, sin distinguir aquellos que derivan de un riesgo de trabajo y los obtenidos por una enfermedad diversa (hipertensión arterial), porque éstos últimos no deben considerarse para modificar la prima del seguro de riesgos de trabajo.

Eso se debe a que los días de incapacidad pudieron ser porque el empleado sufre una enfermedad y no por los riesgos del entorno laboral.

Puedes revisar estos criterios sustantivos aquí / Año: 2019 / Con este criterio de búsqueda: Seguro de riesgos de trabajo / Clave: 12/2019.


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