¿En qué supuestos no puedo solicitar una devolución automática de impuestos?
Conoce los supuestos por los que las personas físicas no pueden ocupar el sistema de devolución automática y tienen que solicitar la devolución manualmente.
Al presentar la declaración anual, las personas físicas pueden obtener un saldo a favor de impuestos que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) devolverá automáticamente, sin hacer algún trámite adicional. En 2019, la autoridad fiscal autorizó a los contribuyentes gozar de la devolución automática hasta el 31 de julio.
Casos en los que no puede ser automática la devolución:
- Cuando el SAT detecta una inconsistencia en la declaración anual y la rechaza. En este caso el contribuyente todavía puede hacer una aclaración, pero si la autoridad rechaza la declaración se tiene que solicitar la devolución manualmente, a través del buzón tributario.
- Cuando los ingresos obtenidos por el contribuyente son por sociedad conyugal o por sucesión.
- Cuando el monto de los ingresos del contribuyente es mayor a 150,000 pesos.
- Cuando la devolución no es del año inmediato anterior. Los contribuyentes pueden pedir los saldos a favor de los últimos cinco años, pero si en 2019 solicita los de 2017 o 2016 la devolución ya no puede entrar en el sistema automático.
- Cuando se presente la declaración del ejercicio fiscal de 2018 después de julio de 2019. En este año los contribuyentes aún pueden presentar la declaración en mayo, junio o julio y obtener la devolución automática.
- Cuando el contribuyente tiene operaciones con alguno de los proveedores que están en la lista negra del SAT, de las Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS).
Sin embargo, de acuerdo con el contador Rolando Silva Briceño, presidente de la Comisión de Seguridad Social, del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), existen distintos supuestos por los que los contribuyentes no pueden ocupar el sistema de devolución automática y aquí te los presentamos.
El SAT informó recientemente que más de 80% de las declaraciones anuales presentadas por las personas físicas tuvieron un saldo a favor, pero si eres de los contribuyentes que no pueden optar por una devolución automática, tienes que que solicitar la devolución llenando el formato electrónico de devoluciones (FED).
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